AG ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de octubre de 2023
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 19 de octubre de 2023, ante mí don Nicolás Eduardo Alvarado Bustos, Jazmín Andrea Gajardo España, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova N°3788, oficina 33-B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad AG ABOGADOS LIMITADA, inscrita a fojas 18.465, número 8.739 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: UNO) Don Nicolás Eduardo Alvarado Bustos vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, ascendentes al 1% del capital e interés social, a doña María Teresa Cremaschi Moure, quien los adquiere para sí. El precio de la cesión asciende a la suma única y total de $2.077. DOS) Producto de lo anterior, don Nicolás Eduardo Alvarado Bustos se retira como socio de la Sociedad, e ingresa como socia doña María Teresa Cremaschi Moure. TRES) Se modifica el párrafo final del artículo séptimo del título tercero, relativo a la administración, en el sentido siguiente, en caso de ausencia o incapacidad de Jazmín Andrea Gajardo España, podrá actuar individual y separadamente María Teresa Cremaschi Moure, en los términos que dispone la escritura extractada. CUATRO) Con el objeto de dar cuenta de la cesión de derechos, se sustituyó el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de doscientos siete mil seiscientos setenta y dos pesos, íntegramente pagado, aportado e ingresado en arcas sociales por los socios en la siguiente proporción: Doña Jazmín Andrea Gajardo España, aportó la suma doscientos cinco mil quinientos noventa y cinco pesos, equivalente a aproximadamente un noventa y nueve por ciento del capital e interés social; y doña María Teresa Cremaschi Moure aportó la suma de dos mil setenta y siete pesos, equivalente a aproximadamente a un uno por ciento del capital e interés social.” En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de ese extracto para su legalización. Santiago 12 de diciembre de 2023.-