MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Administradora de Fondos Invinsa S.A.

RUT 76474062-9 CVE 2423419
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2023
Repertorio
19199-2023
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos numero 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada, ante mí, con fecha 12 de diciembre del año 2023, repertorio N° 19.199-2023, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Administradora de Fondos Invinsa S.A. (la “Sociedad”), celebrada ante mí con fecha 1 de diciembre de 2023, en la cual se acordó modificar el objeto de la Sociedad, y en consecuencia se acordó reemplazar el artículo tercero de los estatutos sociales de la Sociedad, por el siguiente: “El objeto de la sociedad será : i) la prestación de servicios profesionales, asesorías y consultorías; ii) la administración de fondos de inversión privados de aquellos referidos en el Capítulo V del Título I del artículo primero de la ley número veinte mil setecientos doce y demás disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables, que ejercerá a nombre de los fondos que administre, y por cuenta y riesgo de los partícipes o aportantes, por lo cual podrá cobrar una comisión que se deducirá de dichos fondos; iii) efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos, documentos del mercado de capitales o financieros u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de fondos, comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; iv) promover y desarrollar toda clase de negocios o empresas comerciales o industriales.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 13 de diciembre de 2023.