CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Calatrava Limitada

CVE 2422562
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2023
Repertorio
33839-2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Duración
10 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, tanto en Chile como en el extranjero. Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar cualquier tipo de proyectos, actividades e inversiones relacionadas a la educación, sea esta primaria, secundaria, superior o técnica, y en general, toda actividad que se relacione directa o indirectamente con aquello, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de estos fines, incluso la incorporación a otras sociedades

Administración

La administración y uso de razón social le corresponderá individualmente a doña Vivian Angélica Maira Smith, o conjuntamente a dos cualquiera de los socios Nicolás Fernando Melero Maira, Colomba Victoria Melero Maira y Josefina Sofía Melero Maira. Se facultó al portador del extracto para legalización

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2023, bajo el repertorio 33.839-2023, ante mí, doña Vivian Angélica Maira Smith, domiciliada en Camino del Cerro Alto 10.037, departamento 502, comuna de Lo Barnechea; don Nicolás Fernando Melero Maira, domiciliado en El Arcángel 5.281, departamento 30, comuna de Vitacura, por sí y por doña Colomba Victoria Melero Maira, domiciliada en Presidente Riesco 4.300, departamento 71, comuna de Las Condes, y doña Josefina Sofía Melero Maira, domiciliada en Pedro de Valdivia 3.144, comuna de Ñuñoa, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre o Razón Social: “Inversiones Calatrava Limitada” pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, de publicidad, o todo otro tipo, la expresión “Inversiones Calatrava Ltda.”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, tanto en Chile como en el extranjero. Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar cualquier tipo de proyectos, actividades e inversiones relacionadas a la educación, sea esta primaria, secundaria, superior o técnica, y en general, toda actividad que se relacione directa o indirectamente con aquello, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de estos fines, incluso la incorporación a otras sociedades. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y el extranjero. Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios han aportado en las siguientes proporciones: i) doña Vivian Angélica Maira Smith el 1% de los derechos sociales, correspondientes a $10.000 suscrito y pagado; ii) don Nicolás Fernando Melero Maira el 33% de los derechos sociales, correspondientes a $330.000 suscrito y pagado; iii) doña Colomba Victoria Melero Maira el 33% de los derechos sociales, correspondientes a $330.000 suscrito y pagado; y, iv) doña Josefina Sofía Melero Maira el 33% de los derechos sociales, correspondientes a $330.000 suscrito y pagado. Responsabilidad: Los socios sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y uso de razón social le corresponderá individualmente a doña Vivian Angélica Maira Smith, o conjuntamente a dos cualquiera de los socios Nicolás Fernando Melero Maira, Colomba Victoria Melero Maira y Josefina Sofía Melero Maira. Se facultó al portador del extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de diciembre de 2023.