INMOBILIARIA E INVERSIONES FUNDO BUTAMALAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será, la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, y de toda clase bienes muebles, en especial los denominados muebles por anticipación, de conformidad a lo prescrito por el art. quinientos setenta y uno del Código Civil, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria.-Capital: $100.000.000, dividido 100 acciones nominativas, totalmente suscritas y pagadas.- Administración corresponderá a LIMNA ESTER RAMIREZ CHANQUEO, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 24/11/2023, LIMNA ESTER RAMIREZ CHANQUEO, agricultora, C.I. Nro. 12.363.024-6, con domicilio en Sector Pulebu sin número, Cayucupil, comuna de Cañete, y de paso en ésta, constituye sociedad por acciones.- Razón social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES FUNDO BUTAMALAL SpA”.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias.- Objeto: El objeto de la sociedad será, la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, y de toda clase bienes muebles, en especial los denominados muebles por anticipación, de conformidad a lo prescrito por el art. quinientos setenta y uno del Código Civil, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria.-Capital: $100.000.000, dividido 100 acciones nominativas, totalmente suscritas y pagadas.- Administración corresponderá a LIMNA ESTER RAMIREZ CHANQUEO, amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 11 de Diciembre de 2023.