MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CMS Energy SpA

RUT 77178104-7 CVE 2422128
Capital
$599.122 CLP
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2023
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$599.122 CLP
Duración
La Sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad

Objeto social

a) la prestación de servicios de asesoría profesional a personas naturales o jurídicas, en toda clase de materias económicas, financieras, de ingeniería, de energía, de inversiones y de negocios en general, y en las demás áreas en que dichos servicios sean requeridos; y b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico: que por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2023, repertorio número 3395 - 2023, ante mí, los señores (i) Fernando Ariel Costa, domiciliado en Camino el Corregidor número 13.311, comuna de Lo Barnechea; (ii) Royal Thomas Smith, domiciliado en Américo Vespucio Norte número 280, comuna de Las Condes y (iii) Claudio Igor Montes Dessy, domiciliado en Camino de la Aguada número 10.315, comuna de Lo Barnechea, en su calidad de únicos y actuales accionistas de CMS Energy SpA, sociedad inscrita a fojas 95.136, número 40.537 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2023 (la “Sociedad”), de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista, acordaron transformar la Sociedad mediante el cambio de especie o tipo social, en una sociedad de responsabilidad limitada, fijándose sus estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Nombre: “Asesorías y Servicios CMS Energy Limitada”. Objeto: a) la prestación de servicios de asesoría profesional a personas naturales o jurídicas, en toda clase de materias económicas, financieras, de ingeniería, de energía, de inversiones y de negocios en general, y en las demás áreas en que dichos servicios sean requeridos; y b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: $599.122, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: (i) don Fernando Ariel Costa, la suma de $199.707,333333, equivalentes a un tercio de la participación en el capital social, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; (ii) don Royal Thomas Smith, la suma de $199.707,333333, equivalentes a un tercio de la participación en el capital social, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; (iii) don Claudio Igor Montes Dessy, la suma de $199.707,333333, equivalentes a un tercio de la participación en el capital social, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso razón social: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social le corresponderá a los socios señores Fernando Ariel Costa, Royal Thomas Smith y Claudio Igor Montes Dessy, quienes actuando siempre conjuntamente dos cualquiera de ellos podrán ejercer la administración de la Sociedad personalmente o a través de uno o más delegados, con amplias facultades de administración y disposición, conforme a las facultades establecidas en la escritura extractada. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó a portador de este extracto para legalización. Santiago, 11 de diciembre de 2023.