Agrícola y Forestal Rinconada de Ubilla Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de 13 de noviembre de 2023, ante mí: Uno) ERNESTO GREGORIO GOYCOOLEA MOZÓ, cédula nacional de identidad N°6.820.224-8. Dos) ERNESTO TOMÁS GOYCOOLEA SÁEZ, cédula nacional de identidad N°13.549.640-5. Tres) FEDERICO JOSÉ GOYCOOLEA SÁEZ, cédula nacional de identidad N°14.120.382-7. Cuatro) JOAQUÍN GOYCOOLEA SÁEZ, cédula nacional de identidad N°15.636.066-K. Cinco) MARÍA JOSEFINA GOYCOOLEA SAÉZ, cédula nacional de identidad N°16.370.649-0. Seis) ROSARIO GOYCOOLEA SAÉZ, cédula nacional de identidad N°18.637.463-0. Y, Siete) ANDRÉS DEL SAGRADO CORAZÓN GOYCOOLEA MOZÓ, cédula nacional de identidad N°7.399.332-6, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Militares N°6.631, departamento 801, comuna de Las Condes, en su calidad de únicos socios de “Agrícola y Forestal Rinconada de Ubilla Limitada”, rol único tributario N°76.049.650-2, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 1.829 N°1.407 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2004, en adelante la “Sociedad”. Los comparecientes acordaron modificar el pacto social de “Agrícola y Forestal Rinconada de Ubilla Limitada”, como consecuencia de la donación de los derechos sociales que realizó Ernesto Gregorio Goycoolea Mozó a las siguientes personas y los siguientes porcentajes: a) A Ernesto Tomás Goycoolea Sáez, la plena propiedad del 15% del total de los derechos sociales de la Sociedad; b) A Federico José Goycoolea Sáez, la plena propiedad del 15% del total de los derechos sociales de la Sociedad; c) A Joaquín Goycoolea Sáez, la plena propiedad del 15% del total de los derechos sociales de la Sociedad; d) A María Josefina Goycoolea Sáez, la plena propiedad del 15% del total de los derechos sociales de la Sociedad; y, e) A Rosario Goycoolea Sáez, la plena propiedad del 15% del total de los derechos sociales de la Sociedad. En consecuencia, los únicos y actuales socios de “Agrícola y Forestal Rinconada de Ubilla Limitada” resuelven modificar los estatutos sustituyendo el Artículo Cuarto permanente del pacto social, referido al capital, por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y pagan íntegramente en este acto, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, en la proporción que a continuación se indica: a) El socio Ernesto Gregorio Goycoolea Mozó, aporta la suma de $150.000, que equivalen al 15% del total del interés social; b) El socio Andrés del Sagrado Corazón Goycoolea Mozó, aporta la suma de $100.000, que equivalen al 10% del total del interés social; c) El socio Ernesto Tomás Goycoolea Sáez, aporta la suma de $150.000, que equivalen al 15% del total del interés social; d) El socio Federico José Goycoolea Sáez, aporta la suma de $150.000, que equivalen al 15% del total del interés social; e) El socio Joaquín Goycoolea Sáez, aporta la suma de $150.000, que equivalen al 15% del total del interés social; f) La socia María Josefina Goycoolea Sáez, aporta la suma de $150.000, que equivalen al 15% del total del interés social; y, g) La socia Rosario Goycoolea Sáez, aporta la suma de $150.000, que equivalen al 15% del total del interés social. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente pagado.”. En todo lo no modificado por este instrumento, queda subsistente íntegramente el estatuto de “Agrícola y Forestal Rinconada de Ubilla Limitada”, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de diciembre de 2023.