PEREIRA Y PEREIRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2023
- Notario
- JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CESAR SEGUNDO PEREIRA CRUCES | socio | 9754129-9 | — | — | |
| JACQUELINNE CARMEN GATICA BUSTOS | socio | 11962472-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, abogado, notario Público de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, suplente del Titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, con domicilio en Caupolicán Nº 355, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2023, Rep. N°5351-2023, otorgada ante don Juan Mauricio Araneda Medina; don CESAR SEGUNDO PEREIRA CRUCES, chileno, casado, empresario, R.U.N. 9.754.129-9, domicilio Enrique San Fuentes 432, Los Ángeles; don HERNAN CARLOS PEREIRA CRUCES, chileno, casado, factor de comercio, R.U.N. 10.716.283-6; y don ESTEBAN IGNACIO PEREIRA GATICA, chileno, soltero, factor de comercio, R.U.N. 20.621.096-6, ambos con domicilio Colo Colo 520L, dpto. 130, Los Ángeles, suscribieron escritura de modificación de sociedad de responsabilidad limitada, de la sociedad “PEREIRA Y PEREIRA LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha 19-03-2012, otorgada en la Notaría de Los Ángeles de don Selim Parra Fuentealba, capital: 4.000.000, cuyo extracto se inscribió a fojas 353, N° 234, del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles. El socio don CESAR SEGUNDO PEREIRA CRUCES quien declara ser dueño del 50% del haber total de la sociedad, vende, cede y transfiere a don ESTEBAN IGNACIO PEREIRA GATICA estos derechos. Precio cesión: $1.000.000.- En consecuencia, deja de ser socio don CESAR SEGUNDO PEREIRA CRUCES, quedando la sociedad constituida por sus únicos dos socios don HERNAN CARLOS PEREIRA CRUCES y don ESTEBAN IGNACIO PEREIRA GATICA, con un 50% de participación cada uno. El socio saliente y la sociedad se otorgan completo, total y amplio finiquito. La distribución de utilidades y pérdida se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes. La administración y uso de la razón social corresponde a los dos únicos socios de la sociedad y se otorga poder especial a doña JACQUELINNE CARMEN GATICA BUSTOS, R.U.N. 11.962.472-K, casada, diseñadora gráfica, domicilio Colo Colo 520L, dpto. 130, Los Ángeles, todos quienes podrán actuaran separada e indistintamente, actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma la representaran y obligaran a la sociedad con las mismas facultades establecidas en el pacto social primitivo. En todo lo no modificado por el presente instrumento, quedan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles, a 11 de diciembre de 2023.-