EROCAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 3507-2023
- Notario
- GASTON ARANIS QUIROZ
- Domicilio
- titular Juan Espinosa Bancalari
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Objeto social
(a) La inversión de capitales propios o ajenos en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales; en universalidades, comercios, industrias, negocios, proyectos y oportunidades, sin restricción de ninguna especie; en títulos o valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures; en títulos de crédito y efectos de comercio; en personas jurídicas, comunidades y asociaciones, y; en toda especie de propiedad intelectual e industrial, licencias, concesiones, franquicias, marcas, patentes y)o nombres de dominio; (b) La administración por cuenta propia o ajena de las inversiones de la Sociedad y de las rentas obtenidas y su reinversión; (c) En general, la realización de toda actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los objetivos anteriores
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EROCAR SpA | socio | 77332893-5 | — | — | |
| Se acordó la fusión por absorción de PARQUE ZOOLÓGICO CONCEPCIÓN SpA | socio | 77840460-5 | — | — | |
| RESTAURANTE RINCÓN CAMPESINO SpA | socio | 77840520-2 | — | — |
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 42852 del 12 de enero de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ARANIS QUIROZ, Notario Público, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, O’Higgins 528, Concepción, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2023, Rep. Nº 4588, ante mí, don EDUARDO ANTONIO GONZÁLEZ RIOSECO, C.I. 5.411.775-2; don EDUARDO ÁLEX GONZÁLEZ ACOSTA, C.I. 10.920.441-2; doña CARMEN SOLEDAD GONZÁLEZ ACOSTA, C.I. 13.953.137-K, y; don RODRIGO ANTONIO GONZÁLEZ ACOSTA, C.I. 10.883.073-5, en su calidad de únicos accionistas, sanearon conforme Ley Nº 19.499 la escritura pública de fusión de la sociedad de nombre EROCAR SpA, RUT 77.332.893-5, de fecha 15 de septiembre de 2023, repertorio N° 3.507-2023, otorgada ante el notario público de Concepción, don Juan Espinosa Bancalari, cuyo extracto fue inscrito y publicado fuera del plazo legal vigente al 15 de septiembre de 2023, habiendo sido inscrito con fecha 2 de noviembre de 2023, a Fs. 1.968 Vta., Nº 1.326 del año 2023 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, y publicado en la edición electrónica del Diario Oficial Nº 43.686, de fecha 26 de octubre de 2023. Por su parte, la sociedad EROCAR SpA a la cual corresponde la escritura que ahora se sanea, fue constituida por escritura de fecha 23 de diciembre de 2020, otorgada ante el notario público de Concepción, don Gastón Álvaro Aranís Quiroz, suplente del titular don Juan Espinosa Bancalari, cuyo extracto se inscribió a Fs. 83, Nº 65 del año 2021 del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, y se publicó en la edición electrónica del Diario Oficial Nº 42.852 de fecha 12 de enero de 2021. Al tenor de lo expuesto, los comparecientes sanearon conforme la Ley Nº 19.499 la citada escritura de fusión ratificando en todas sus partes su contenido con el efecto retroactivo previsto en la Ley, dejando constancia que conforme dicha escritura: (a) Se acordó la fusión por absorción de PARQUE ZOOLÓGICO CONCEPCIÓN SpA, RUT 77.840.460-5, y RESTAURANTE RINCÓN CAMPESINO SpA, RUT 77.840.520-2, como sociedades absorbidas, por EROCAR SpA, como sociedad absorbente; (b) Se aumentó el capital de EROCAR SpA para los fines de la fusión; (c) Se adoptaron todos los demás acuerdos pertinentes a la fusión cocnvenida, y; (d) Se modificó y repactó la sociedad absorbente EROCAR SpA, disponiéndose en particular: Objeto: (a) La inversión de capitales propios o ajenos en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales; en universalidades, comercios, industrias, negocios, proyectos y oportunidades, sin restricción de ninguna especie; en títulos o valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures; en títulos de crédito y efectos de comercio; en personas jurídicas, comunidades y asociaciones, y; en toda especie de propiedad intelectual e industrial, licencias, concesiones, franquicias, marcas, patentes y/o nombres de dominio; (b) La administración por cuenta propia o ajena de las inversiones de la Sociedad y de las rentas obtenidas y su reinversión; (c) En general, la realización de toda actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los objetivos anteriores. Capital: La suma de setenta y siete millones quinientos mil pesos dividido en setenta y siete millones quinientas mil acciones de una misma y única serie, nominativas, indivisibles y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado a la fecha de la escritura saneada. Demás estipulaciones en escritura extractada y en la saneada. CONCEPCION, 12 de diciembre de 2023.