Transportes Francisco Alejandro Tapia Rodríguez E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2023
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público de la 40ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, con oficio en Teatinos 332, comuna de Santiago. Certifico: Por escritura de fecha 22 de Noviembre de 2023, ante el Titular, FRANCISCO ALEJANDRO TAPIA RODRIGUEZ, domiciliado en Venecia N° 1828, Independencia, aumentó el capital de la sociedad TRANSPORTES FRANCISCO ALEJANDRO TAPIA RODRÍGUEZ E.I.R.L. a $10.000.000, cediendo el 55% de derechos a don JOSE LUIS TAPIA RODRIGUEZ, domiciliado en Avenida Pedro Fontova N° 6450, comuna de Huechuraba, en la suma de $5.500.000, quedando como únicos socios FRANCISCO ALEJANDRO TAPIA RODRIGUEZ, con un 45% de derechos sociales y don JOSE LUIS TAPIA RODRIGUEZ, con un 55% de derechos sociales, transformándose la sociedad Transportes Francisco Alejandro Tapia Rodríguez EIRL, en una sociedad de responsabilidad limitada bajo los siguientes estatutos: Nombre y razón social “TRANSPORTES TAPIA LIMITADA”, pero que podrá actuar además ante cualquier persona incluso bancos, con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES ROCKET LIMITADA”. El objeto de la sociedad será el transporte de carga por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros. Capital de la sociedad $10.000.000 de los cuales el socio Francisco Alejandro Tapia Rodríguez, aporta $4.500.000 y el socio JOSE LUIS TAPIA RODRIGUEZ, $5.500.000, en la forma señalada en la escritura. Administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá Indistinta, conjunta o separadamente y con iguales facultades a don FRANCISCO ALEJANDRO TAPIA RODRIGUEZ y don JOSE LUIS TAPIA RODRIGUEZ, quienes, actuando en la forma indicada y anteponiendo la razón social a su firma, estarán premunidos de las más amplias facultades para administrar la sociedad y con amplias facultades que se expresan en el pacto social. Sociedad se pacta por el plazo de 5 años desde fecha de escritura, pero se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, en la forma indicada en la escritura. Otras estipulaciones en escritura extractada. Conforme. Santiago, 05 de Diciembre de 2023.