Invesdol SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2023
- Repertorio
- 30973
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la inversión y obtención de rentas provenientes de inversiones en capitales mobiliarios o inmobiliarios, tanto nacionales como extranjeros, en dólares de los Estados Unidos de América y, excepcionalmente, en otras monedas extranjeras o pesos chilenos. La Sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en Chile y el exterior, siempre y cuando se realicen en Dólares de los Estados Unidos de América, pudiendo sólo excepcionalmente realizar inversiones en otras monedas extranjeras o pesos chilenos, sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos o acciones en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero y excepcionalmente en Chile, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en Chile o el extranjero; invertir en bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo sin importar los activos objeto de su inversión; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas y otros bienes incorporales muebles; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 17 de octubre de 2023, ante mí, Repertorio N°30.973, ante mí, comparecen: la sociedad AGRÍCOLA VALLENAR DOS S.A., la sociedad INVERSIONES RUCALHUE LIMITADA, la sociedad INVERSIONES CHEPIGANA LIMITADA, la sociedad INVERSIONES MARAÑÓN LIMITADA y la sociedad INVERCO S.A., debidamente representadas, en su calidad de únicas accionistas de la sociedad “INVESDOL SpA” (la “Sociedad”), conforme al Registro de Accionistas que he tenido a la vista, acordaron modificar el objeto de la sociedad, reemplazando al efecto el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: Objeto. La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la inversión y obtención de rentas provenientes de inversiones en capitales mobiliarios o inmobiliarios, tanto nacionales como extranjeros, en dólares de los Estados Unidos de América y, excepcionalmente, en otras monedas extranjeras o pesos chilenos. La Sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en Chile y el exterior, siempre y cuando se realicen en Dólares de los Estados Unidos de América, pudiendo sólo excepcionalmente realizar inversiones en otras monedas extranjeras o pesos chilenos, sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos o acciones en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero y excepcionalmente en Chile, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en Chile o el extranjero; invertir en bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo sin importar los activos objeto de su inversión; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas y otros bienes incorporales muebles; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 29.792, número 14.878, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020. Santiago, 07 de diciembre de 2023.-