Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 18382-2023
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto dentro como fuera del país, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2023, repertorio N° 18.382-2023, ante mí, doña Andrea Carolina Fiallos Estupiñán, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: El nombre de la sociedad es “Inversiones Roca SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto dentro como fuera del país, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y asociada o en coparticipación con terceros; Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Una sola persona podrá poseer el total de las acciones emitidas por la sociedad. El capital social se encuentra suscrito y pagado en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, En Santiago, a 6 de diciembre de 2023.