Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 10235/2023
- Notario
- JOSE MANUEL FIGUEROA WEITZMAN
- Domicilio
- doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “HILO BLANCO SpA”
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) La instalación, construcción, dar y tomar en arrendamiento plantas o fábricas textiles; compraventa, importación, exportación, consignación, intermediación de telares, maquinaria para el tratamiento de lanas e hilos, tejidos, telas, hilados, materia prima para confeccionar hilados y telas; todo lo que, en la actualidad o que, de cualquiera forma, en el futuro, diga relación con hilados, telas, tejidos y su elaboración; B) El diseño, confección, elaboración, fabricación, matricería, corte, bordado y comercialización de todo tipo de textiles, vestimentas, pieles, cuero y calzado, como sus accesorios y demás conexos, ya sea en forma física o remota, al detalle y al por mayor; C) La fabricación, diseño, armado, elaboración, reparación, mantención, remodelación, terminación y comercialización de toda clase de prendas de vestir, textiles y accesorios de modas y belleza; D) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor relacionados con moda, prendas de vestir y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas; E) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, relacionados con el objeto principal, su explotación, comercialización y)o
Administración
y F) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE MANUEL FIGUEROA WEITZMAN, Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos N°578, Santiago, Región Metropolitana. Certifica: Por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2023, repertorio Nº10.235/2023, ante mí, doña ISABEL MARGARITA PACÓ CAÑETE, cedula de identidad número doce millones quinientos tres mil ochocientos trece guión uno, con domicilio para estos efectos en Ballesteros número setecientos treinta y uno, comuna de Lo Prado, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones “COMERCIAL HILO BLANCO SpA”, nombre de fantasía: “HILO BLANCO SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La instalación, construcción, dar y tomar en arrendamiento plantas o fábricas textiles; compraventa, importación, exportación, consignación, intermediación de telares, maquinaria para el tratamiento de lanas e hilos, tejidos, telas, hilados, materia prima para confeccionar hilados y telas; todo lo que, en la actualidad o que, de cualquiera forma, en el futuro, diga relación con hilados, telas, tejidos y su elaboración; B) El diseño, confección, elaboración, fabricación, matricería, corte, bordado y comercialización de todo tipo de textiles, vestimentas, pieles, cuero y calzado, como sus accesorios y demás conexos, ya sea en forma física o remota, al detalle y al por mayor; C) La fabricación, diseño, armado, elaboración, reparación, mantención, remodelación, terminación y comercialización de toda clase de prendas de vestir, textiles y accesorios de modas y belleza; D) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor relacionados con moda, prendas de vestir y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas; E) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, relacionados con el objeto principal, su explotación, comercialización y/o administración: y F) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los socios. CAPITAL: El capital de la sociedad es UN MILLÓN DE PESOS, dividido en MIL ACCIONES, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y pagan en este acto y de la siguiente manera: doña ISABEL MARGARITA PACÓ CAÑETE, ya individualizada, suscribe y da por pagada en este acto y en dinero en efectivo la cantidad de UN MILLÓN DE PESOS, que representa MIL ACCCIONES de la sociedad. En virtud de lo anterior, el capital social se encuentra enteramente suscrito y pagado. DURACION: Indefinida. ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD: La sociedad será administrada por un representante legal, el que es designado en estos estatutos: doña ISABEL MARGARITA PACÓ CAÑETE, ya individualizada, quien actuará con cada una de las facultades señaladas en la escritura que por este acto se extracta. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 07 de diciembre de 2023.-