MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BOZO Y PARRAGUEZ ABOGADAS LIMITADA

RUT 77423156-0 CVE 2421014
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años a contar desde esta fecha, duración que se renovará en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad.- V

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica, en todos los ámbitos del Derecho, cobranza judicial, y extrajudicial de documentos, realización de defensas legales, penales, civiles, para organismos privados, públicos o personas naturales, incluida toda otra actividad profesional complementaria o conexa relacionada con el objeto antes señalado. III

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a CONSTANZA BELÉN BOZO CARRASCO, y a doña CATALINA BEATRIZ PARRAGUEZ GAMBOA, quienes actuando indistintamente una cualquiera de ellas, contarán con las más amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 6 de diciembre del año 2023, ante mí: i) doña CONSTANZA BELÉN BOZO CARRASCO, domiciliada en calle Pedro Torres número 260, departamento 208 B, comuna de Ñuñoa; y, ii) doña CATALINA BEATRIZ PARRAGUEZ GAMBOA, domiciliada en calle José Domingo Cañas número 2662, departamento 416, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quienes como actuales y únicas accionistas de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista, acordaron transformar la sociedad “BOZO Y PARRAGUEZ ABOGADAS SpA”, inscrita a fojas 53725 número 24865 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2021, en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos son del siguiente tenor: I. Razón Social: El nombre o razón social de la Sociedad será BOZO Y PARRAGUEZ ABOGADAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de BOZO Y PARRAGUEZ ABOGADAS LTDA.”.- II. Objeto: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica, en todos los ámbitos del Derecho, cobranza judicial, y extrajudicial de documentos, realización de defensas legales, penales, civiles, para organismos privados, públicos o personas naturales, incluida toda otra actividad profesional complementaria o conexa relacionada con el objeto antes señalado. III. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en cualquier otro lugar de Chile o en el extranjero.- IV. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años a contar desde esta fecha, duración que se renovará en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad.- V. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000.-, que los socios han aportado de la siguiente manera: /a/ doña CONSTANZA BELÉN BOZO CARRASCO aportó en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha la cantidad de $500.000.-, aporte equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales; /b/ doña CATALINA BEATRIZ PARRAGUEZ GAMBOA aportó en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha la cantidad de $500.000.-, aporte equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales. De esta forma, a esta fecha el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente pagado.- VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a CONSTANZA BELÉN BOZO CARRASCO, y a doña CATALINA BEATRIZ PARRAGUEZ GAMBOA, quienes actuando indistintamente una cualquiera de ellas, contarán con las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 06 de diciembre de 2023.-