CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ENLACE ENERGIA LIMITADA

CVE 2418565
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2023
Repertorio
69932
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL
Oficio
Décimo Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
3 años, el que se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos de un año cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, sesenta días al vencimiento del respectivo período

Objeto social

a) Desarrollar por cuenta propia o ajena, todo tipo de proyectos energéticos; b) La promoción, construcción y explotación de centrales de generación de energía proveniente de fuentes renovables no convencionales o de cualquier otra fuente; c) La asesoría, administración y)o gerencia por cuenta propia o ajena de proyectos de generación eléctrica, sean estos de energías renovables o de cualquier otra fuente; d) La comercialización de energía eléctrica, tenencia de instalaciones y venta de las mismas tanto a entes privados como públicos; e) La inversión en toda clase de acciones, valores, derechos sociales, títulos de crédito y efectos de comercio; f) La administración y explotación de estas inversiones y sus futuros o productos; g) El desarrollo de todas las actividades conexas que sean precisas para desarrollar el objeto social; y, h) En general, la realización de todas las operaciones que directa o indirectamente conduzcan a la consecución de los referidos objetivos. La sociedad podrá desarrollar su objeto por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otras sociedades en las que participe, pudiendo tener ellas inclusive la calidad de socia gestora

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá a los señores AURELIO IGNACIO DE DIEGO GLARIA, JOSÉ MIGUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN y don CRISTÓBAL ARMANDO ILLANES FEUERHAKE, quienes actuando indistintamente y anteponiendo a la razón social su firma, representarán a la Sociedad en todos sus negocios y asuntos, sin ninguna excepción, contando cada uno de ellos con las más amplias facultades de administración y disposición que pudieren necesitarse. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 05 de Diciembre de 2023

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 352, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 22 de Noviembre de 2023, Repertorio 69.932, ante mí, EVANS, VILLALOBOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, INVERSIONES TRAPANANDA LIMITADA, INVERSIONES PIEDRA SANTA LIMITADA e ILLANES LARRAÍN ABOGADOS SpA, todos domiciliados en Nueva Tajamar N° 555, oficina 2102, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyas cláusulas esenciales disponen lo siguiente: Razón Social: ENLACE ENERGIA LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía ENLACE. Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: a) Desarrollar por cuenta propia o ajena, todo tipo de proyectos energéticos; b) La promoción, construcción y explotación de centrales de generación de energía proveniente de fuentes renovables no convencionales o de cualquier otra fuente; c) La asesoría, administración y/o gerencia por cuenta propia o ajena de proyectos de generación eléctrica, sean estos de energías renovables o de cualquier otra fuente; d) La comercialización de energía eléctrica, tenencia de instalaciones y venta de las mismas tanto a entes privados como públicos; e) La inversión en toda clase de acciones, valores, derechos sociales, títulos de crédito y efectos de comercio; f) La administración y explotación de estas inversiones y sus futuros o productos; g) El desarrollo de todas las actividades conexas que sean precisas para desarrollar el objeto social; y, h) En general, la realización de todas las operaciones que directa o indirectamente conduzcan a la consecución de los referidos objetivos. La sociedad podrá desarrollar su objeto por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otras sociedades en las que participe, pudiendo tener ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $1.000.000.- de pesos chilenos, íntegramente pagados, de contado, los que fueron aportados de la siguiente manera: EVANS, VILLALOBOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, aportó la suma de $250.000.- de pesos chilenos, correspondiente al 25 por ciento de los derechos sociales, INVERSIONES TRAPANANDA LIMITADA, aportó la suma de $250.000.- de pesos chilenos, correspondiente al 25 por ciento de los derechos sociales, INVERSIONES PIEDRA SANTA LIMITADA, aportó la suma de $250.000.- de pesos chilenos, correspondiente al 25 por ciento de los derechos sociales e ILLANES LARRAÍN ABOGADOS SpA, aportó la suma de $250.000.- de pesos chilenos, correspondiente al 25 por ciento de los derechos sociales. Duración: 3 años, el que se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos de un año cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, sesenta días al vencimiento del respectivo período. Administración y uso de la razón social: La administración y uso de la razón social corresponderá a los señores AURELIO IGNACIO DE DIEGO GLARIA, JOSÉ MIGUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN y don CRISTÓBAL ARMANDO ILLANES FEUERHAKE, quienes actuando indistintamente y anteponiendo a la razón social su firma, representarán a la Sociedad en todos sus negocios y asuntos, sin ninguna excepción, contando cada uno de ellos con las más amplias facultades de administración y disposición que pudieren necesitarse. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 05 de Diciembre de 2023.-