Agrícola Santa Amelia Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2023
- Repertorio
- 14883-2023
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.178.243.552 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 601, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2023, repertorio 14.883-2023 ante mí, Inversiones Santa Julia Limitada, Ana María Pereira Yrarrázaval, Inversiones Fátima Limitada, José Miguel Pereira Yrarrázaval, Inversiones Pullally Limitada, Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval, Inversiones Santa Virginia Limitada, Inversiones Buchupureo Limitada, Inversiones El Carmen Limitada y Carmen Pereira Yrarrázaval, todos los anteriores domiciliados en calle Cruz del Sur N° 133, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios de Agrícola Santa Amelia Limitada inscrita a fjs. 35.754 N° 27.106 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2003, Agrícola El Carmelo Limitada inscrita a fjs. 105.977 N°46.782 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, Agrícola La Torina Limitada a fjs. 105.982 N°46.783 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022 y Agrícola San Ismael Limitada a fjs. 105.987 N°46.784 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, acordaron lo siguiente: I) Saneamientos y Rectificaciones: Sanear y rectificar conforme a la Ley N° 19.499 los vicios formales por errores involuntarios en la comparecencia de la escritura pública de fusión por absorción de Agrícola Reserva La Torina S.A. y Agrícola El Carmelo Limitada en Agrícola Santa Amelia Limitada otorgada con fecha 15 de junio de 2022, Repertorio N° 3.674-2022, en la 9° Notaría Pública de San Miguel de don Jorge Reyes Bessone, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, Santiago, un extracto de la mencionada escritura fue inscrito respecto de: /a/ Agrícola Santa Amelia Limitada a fjs. 64.659 N°28.475 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de 11 de agosto del mismo año; /b/ Agrícola El Carmelo Limitada a fjs. 64.785 N°28.544 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de 11 de agosto del mismo año; y c) Agrícola Reserva La Torina S.A a fjs. 74 v N°49 del Registro de Comercio del CBR de La Ligua año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de 11 de agosto del mismo año. Los vicios formales por errores involuntarios en la comparecencia de la mencionada escritura consistieron en que para el caso de los socios, personas naturales, esto es, Ana María Pereira Yrarrázaval, José Miguel Pereira Yrarrázaval, Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval y Carmen Pereira Yrarrázaval, involuntariamente se omitió indicar que los tres primeros comparecían personalmente además de su calidad de representante de las sociedades que en la mencionada escritura se indica, y que en el caso de Carmen Pereira Yrarrázaval se omitió involuntariamente su individualización en la comparecencia de la escritura actuando representada por José Miguel Pereira Yrarrázaval. Se deja constancia que en los pies de firma de la mencionada escritura de fusión si se encuentra señalada la comparecencia personal, a través del correspondiente “por si”, de Ana María Pereira Yrarrázaval, José Miguel Pereira Yrarrázaval, Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval y también se encuentra representada Carmen Pereira Yrarrázaval. Asimismo, en las personerías indicadas en la escritura de fusión en cuestión, se dejó constancia de la personería de José Miguel Pereira Yrarrázaval para comparecer en representación de Carmen Pereira Yrarrázaval. Se rectificó y reemplazó el texto de la comparecencia de la escritura en cuestión en el sentido indicado. II) Resciliación de División Agrícola Santa Amelia Limitada: /Uno/ Por mutuo acuerdo, rescilian y dejan sin efecto en todas sus partes, la escritura pública de división de Agrícola Santa Amelia Limitada, entre sí y tres nuevas sociedades denominadas Agrícola El Carmelo Limitada, Agrícola La Torina Limitada y Agrícola San Ismael Limitada, otorgada con fecha 25 de octubre de 2022, Repertorio N° 3.964-2022, en la 29° Notaría Pública de Santiago de Andrés Carlos Zavala Courriol, con oficio en calle Mac-Iver N°225, oficina 302, comuna de Santiago, un extracto de la mencionada escritura fue inscrito respecto de: /a/ Agrícola Santa Amelia Limitada a fjs. 105.770 N°46.674 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de 23 de diciembre del mismo año; /b/ Agrícola El Carmelo Limitada a fjs. 105.977 N°46.782 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de 23 de diciembre del mismo año; c) Agrícola La Torina Limitada a fjs. 105.982 N°46.783 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de 23 de diciembre del mismo año; y d) Agrícola San Ismael Limitada a fjs. 105.987 N°46.784 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2022, y se publicó en el Diario Oficial de 23 de diciembre del mismo año. /Dos/ Conforme al acuerdo de resciliación precedente, los socios acuerdan reemplazar el Artículo 4° de los Estatutos Sociales de Agrícola Santa Amelia Limitada por el siguiente: El capital de Agrícola Santa Amelia Limitada asciende a $9.178.243.552, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios, en dinero efectivo y otros bienes, de la siguiente forma: a) Inversiones Santa Julia Limitada, aportó $2.088.968.233 equivalentes al 22,76% del capital social; b) Inversiones Pullally Limitada, aportó $2.344.123.403 equivalentes al 25,54% del capital social; c) Inversiones Santa Virginia Limitada, aportó $2.088.968.233 equivalentes al 22,76% del capital social; d) Inversiones Fátima Limitada, aportó $2.068.776.097 equivalentes al 22,54% del capital social; e) José Miguel Pereira Yrarrázaval, aportó $19.274.311 equivalentes al 0,21% del capital social; f) Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval, aportó $19.274.311 equivalentes al 0,21% del capital social; g) Ana María Pereira Yrarrázaval, aportó $19.274.311 equivalentes al 0,21% del capital social; h) Carmen Pereira Yrarrázaval, aportó $19.274.311 equivalentes al 0,21% del capital social; i) Inversiones Buchupureo Limitada, aportó $255.155.071 equivalentes al 2,78% del capital social; y, j) Inversiones El Carmen Limitada aportó $255.155.171 equivalentes al 2,78% del capital social. III) Disolución de las Sociedades creadas producto de la división de Agrícola Santa Amelia Limitada: Conforme al acuerdo de resciliación precedente, los socios acuerdan disolver y poner término anticipado a las tres sociedades de responsabilidad limitada nacidas producto de la división de Agrícola Santa Amelia Limitada, denominadas Agrícola El Carmelo Limitada, Agrícola La Torina Limitada y Agrícola San Ismael Limitada, lo que produce efecto desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de diciembre de 2023.