MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES Y LOGISTICA MORAGA SpA

RUT 76933959-0 CVE 2418237
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2023
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2023
Repertorio
2394-2023
Notario
Eduardo Fuenzalida Robledo
Oficio
5° Notaria de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TRANSPORTES Y LOGISTICA MORAGA SpA socio 76933959-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo Fuenzalida Robledo, Notario Público Titular de la 5° Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4410, comuna de San Miguel, certifico: Que por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2023, Repertorio N°2.394-2023, ante mí, don RODRIGO EFRAÍN MORAGA ESPINOZA, chileno, casado y separado de bienes, factor de comercio, domiciliado en calle San José de Maipo N°05879, casa N°46, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cédula nacional de identidad N°13.293.688-9, don MARIO GUSTAVO MORAGA ESPINOZA, chileno, casado y separado de bienes, factor de comercio, domiciliado en pasaje Lancaster N°9.408, comuna La Florida, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cédula nacional de identidad N°12.284.444-7; y doña ROSSANA GLORIA PÉREZ CASTRO, chilena, viuda, factor de comercio, domiciliada Leal N°555, comuna de San Joaquín, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cédula nacional de identidad N°10.346.631-8, modificaron TRANSPORTES Y LOGISTICA MORAGA SpA, Rol Único Tributario N°76.933.959-0, constituida por escritura pública repertorio N°14.514 -2018, suscrita con fecha 13 de septiembre de 2018, ante la Notario de Santiago, doña Claudia Marcela Gómez Lucares, inscrita en extracto a fojas 73900, número 37988 del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicada en el Diario Oficial del día 01 de octubre de 2018 en la versión N°42.169. Los comparecientes modificaron el estatuto en el sentido que don RODRIGO EFRAÍN MORAGA ESPINOZA y don MARIO GUSTAVO MORAGA ESPINOZA en su calidad de únicos accionistas de la sociedad vendieron, cedieron y transfirieron la totalidad de acciones que les corresponden en la sociedad TRANSPORTES Y LOGISTICA MORAGA SpA a doña ROSSANA GLORIA PÉREZ CASTRO, quien a su entera satisfacción las compró, adquirió y aceptó para sí, quien quedó como única accionista de la sociedad “TRANSPORTES Y LOGISTICA MORAGA SpA”, y en razón de ello aplicó las siguientes modificaciones a la sociedad; Uno) La sociedad tiene un capital de $1.000.000 dividido en 100n acciones sin valor nominal y todas de una misma serie, las cuales se encuentran totalmente suscritas y pagadas por doña ROSSANA GLORIA PÉREZ CASTRO, cédula nacional de identidad N°10.346.631-8; dos) Se modificar el actual nombre de la sociedad “Transportes y Logística Moraga SpA” por el de “TRANSPORTES LOGÍSTICA PÉREZ SpA” la que también podrá actuar sin limitación alguna, ante todo tipo de persona o institución pública o privada, cualquiera sea su naturaleza o denominación, especialmente ante los bancos y demás instituciones financieras, bancarias, comerciales o industriales con el nombre de fantasía “TRANSPORTES LOGÍSTICA PÉREZ SpA” que se regirá por estos estatutos y por las leyes vigentes, en especial por la Ley número veinte mil ciento noventa, y sus modificaciones y supletoriamente por lo dispuesto en la ley dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento, Código de Comercio en lo pertinente, que podrá actuar sin limitación alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuesto Internos, Bancos e Instituciones Financieras y/o de créditos, Empresas de Factoring, y terceros en general; y tres) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a doña ROSSANA GLORIA PÉREZ CASTRO, cédula nacional de identidad N°10.346.631-8, en calidad de Gerente General quien bajo su sola firma, gozará de todas las facultades señaladas en el artículo séptimo del pacto social primitivo, de todas aquellas facultades que por ley le pudiesen corresponder sin limitaciones y de las indicadas en la escritura extractada y se dan por reproducidas. En lo no modificado continua vigente el Estatuto Social. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, a 28 de noviembre de 2023. EFR.