CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANCOK, PRODUCCIONES DE EVENTOS INTERNATIONAL COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2417781
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2023
Notario
JORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS
Domicilio
don OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años, a partir fecha escritura extractada prorrogables automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno
Ley aplicable
Ley 3918

Objeto social

Será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; asimismo, la sociedad prestará servicios de comida rápida y cafetería; realizar por cuenta propia o ajena la prestación de servicios de preparación de comidas y banquetes, la realización, organización o supervisión de eventos especiales, administrar casinos, restaurantes y negocios afines incluso adquiriendo la concesión de estos; actividades deportivas, otras actividades de esparcimiento, comercio al por menor de otros productos nuevos en almacenes especializados; producciones de eventos, de luces, grupos de bailes; importación de productos varios para la venta por mayor y menos y demás actividades que las socias acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS, Notario Público Suplente de don OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ, Notario Público Titular 30° Notaría Santiago, oficios Avda. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Of. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, otorgada con fecha 22 de Noviembre de 2023, ante el Notario Titular de este oficio, KATHERINE ANDREA VERDEJO MÉNDEZ y STEPHANIE LIZET FLORES VERDEJO, ambas comerciantes, domiciliadas en Avenida Alcalde Omar Pereira Tapia 1.170, dp. 261, block 6-C, comuna de Coquimbo y de paso en ésta, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, conforme Ley 3918 y modificaciones. OBJETO: Será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; asimismo, la sociedad prestará servicios de comida rápida y cafetería; realizar por cuenta propia o ajena la prestación de servicios de preparación de comidas y banquetes, la realización, organización o supervisión de eventos especiales, administrar casinos, restaurantes y negocios afines incluso adquiriendo la concesión de estos; actividades deportivas, otras actividades de esparcimiento, comercio al por menor de otros productos nuevos en almacenes especializados; producciones de eventos, de luces, grupos de bailes; importación de productos varios para la venta por mayor y menos y demás actividades que las socias acuerden. RAZON SOCIAL: “SANCOK, PRODUCCIONES DE EVENTOS INTERNATIONAL COMPAÑÍA LIMITADA”, con nombre de fantasía “SANCOK LTDA.”. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá a KATHERINE ANDREA VERDEJO MÉNDEZ, con facultades pacto social. CAPITAL: $5.000.000, que las socias aportan en proporción de 50% cada una, ingresando cada socia en este acto suma de $1.000.000, al contado, y en dinero efectivo, saldo de $1.500.000, a enterar en el plazo de seis meses, contados desde esta fecha. DISTRIBUCION, GANANCIAS Y PERDIDAS: Proporción aportes. RESPONSABILIDAD: Se limita al monto respectivos aportes. DURACION: 5 años, a partir fecha escritura extractada prorrogables automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio que se puedan establecer agencias o sucursales dentro del país o extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 4 de diciembre de 2023.