INVERSIONES MUNILQUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 18085/2023
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de 10 años, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por periodos iguales y sucesivos de 5 años, según escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Promover, organizar y desarrollar toda clase de actividades económicas; b) Invertir en la formación de sociedades de cualquier orden jurídico, formar parte de las mismas e ingresar a otras ya constituidas, pudiendo incluso, ejercer la administración en cualquiera de ellas; c) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades; y, d) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula.- ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 30/11/2023, Repertorio 18085/2023, ante mi, doña VERÓNICA URIARTE FUENZALIDA, cédula de identidad N° 6.372.649-4; y don PABLO JOSÉ CASTRO GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 4.660.742-2; ambos domiciliados para estos efectos en calle Nueva N° 5.327, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: INVERSIONES MUNILQUE LIMITADA.OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Promover, organizar y desarrollar toda clase de actividades económicas; b) Invertir en la formación de sociedades de cualquier orden jurídico, formar parte de las mismas e ingresar a otras ya constituidas, pudiendo incluso, ejercer la administración en cualquiera de ellas; c) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades; y, d) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula.- ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y REPRESENTACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña VERÓNICA URIARTE FUENZALIDA, quien anteponiendo su firma personal a la razón social la representará con las más amplias facultades de administración según escritura extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $7.000.000, que los socios aportan y enterarán en la siguiente forma: Uno) PABLO JOSÉ CASTRO GONZÁLEZ, aporta la suma de $125.520, equivalente al 1,79% del capital social, que es pagado en este acto, al contado y en dinero efectivo, en caja social.Dos) VERÓNICA URIARTE FUENZALIDA, aporta la suma de $6.874.480, equivalente al 98,21% del capital social, de la siguiente manera: 1) Con el aporte de la totalidad de sus derechos de los que es titular en ALGODONERA COLÓN LIMITADA Rol único tributario N° 91.363.000-9, equivalentes al 13,03% en la suma de $5.329.995.- 2) Con el aporte de la totalidad de sus derechos de los que es titular en INMOBILIARIA DON IGNACIO LIMITADA Rol único tributario N° 76.048.738-4, equivalentes al 13,03% en la suma de $1.544.485.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por periodos iguales y sucesivos de 5 años, según escritura extractada. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.