INVERSIONES SANTA ESTER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 17366/2023
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Peumo Limitada | socio | 78524260-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2023, otorgada ante mi suplente don Juan Pablo Montes Mery, bajo repertorio N° 17.366/2023, Rodrigo Muñoz Pereira, cédula de identidad número 4.816.468-4, e Inversiones Peumo Limitada, Rol Único Tributario N° 78.524.260-2, todos domiciliados para estos efectos en Bombero Núñez número 181, comuna de Recoleta, Región Metropolitana; en su calidad de únicos socios de INVERSIONES SANTA ESTER LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada, Rol Único Tributario número 76.080.199-2, constituida por escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2009, otorgada en la Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, cuyo extracto fue inscrito a fojas 52.368, número 36.308 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2009 (en adelante, la “Sociedad”) acordaron modificarla en los términos que a continuación se indican: 1) Rodrigo Muñoz Pereira vendió, cedió y transfirió a Inversiones Peumo Limitada quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de los derechos que le corresponden en la Sociedad, que equivalen al 0,01% de los derechos sociales. 2) Como consecuencia de esta cesión, la totalidad de los derechos sociales de la Sociedad se reúnen en manos de Inversiones Peumo Limitada, produciéndose, en consecuencia, la disolución de pleno derecho de la Sociedad y, a contar de la fecha de la escritura, Inversiones Peumo Limitada se hace dueño y titular de todos los bienes y derechos de que era dueña la Sociedad, cualquiera sea su naturaleza, y asume todas las obligaciones y pasivos que se adeudaren directa o indirectamente a terceros por la Sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2023.