MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERÍA Y PROYECTOS EN ENERGIAS RENOVABLES LIMITADA

RUT 76420360-7 CVE 2417240
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2023

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2023
Notario
GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA
Domicilio
y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque, certifica: por escritura pública de fecha 01/12/2023, Rep.757/2023, ante mí, Doña OLIVIA DE LAS MERCEDES CARRIZO GUERRERO, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad y rol único tributario número seis millones ciento setenta y cuatro mil trescientos setenta guion siete, domiciliada en Williams King número ocho mil ciento ochenta y tres, comuna de La Florida, Santiago, de paso por esta ciudad; Doña DAMARIS ANDREA ACUÑA CARMONA, chilena, casada separada totalmente de bienes, contadora, cédula nacional de identidad y rol único tributario número trece millones seiscientos setenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y ocho guion nueve, domiciliada en parcelación fundo Los Cuatro silos, parcela cuatro, comuna de Pirque, de paso por esta ciudad; y Doña GLADYS DANIELA GONZALEZ PEREZ, chilena, casada separada totalmente de bienes, Técnico Agrícola, cedula nacional de identidad y rol único tributario número dieciséis millones cuatrocientos siete mil quinientos ocho guion siete, domiciliada en Avenida Ramon Subercaseaux, numero quinientos ochenta y cinco, comuna de Pirque, quienes acreditaron su identidad con las cédulas referidas suscribieron una escritura de modificación social con las siguientes consideraciones: INDIVIDUALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD: I) Constitución: Por escritura pública de fecha veinticinco de Noviembre del año dos mil cinco otorgada ante la Notario Público de Santiago, doña Nancy de la Fuente Hernández, bajo el número de repertorio diez mil setecientos cuarenta y siete, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a Fojas cuarenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro número treinta y un mil seiscientos setenta y tres correspondiente al año dos mil cinco y fue publicada en el Diario oficial de fecha diez de Diciembre del año dos mil cinco, se constituyó “SOLUCIONES EN TRATAMIENTO DE AGUAS LIMITADA” (hoy denominada "INGENIERÍA Y PROYECTOS EN ENERGIAS RENOVABLES LIMITADA") , Rol único tributario número setenta seis millones cuatrocientos veinte mil trescientos sesenta guion siete.- II) Primera Modificación: Por escritura pública de fecha catorce de agosto del año dos mil veinte, otorgada ante el notario público de Puente Alto, Don Eugenio Camus Mesa, bajo el número de repertorio mil seiscientos veintiocho, cuyo extracto se inscribió en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a Fojas cincuenta mil ochocientos siete, número veinticuatro mil ochenta y uno correspondiente al año dos mil veinte, publicada en el Diario oficial de fecha dieciocho de agosto de dos mil veinte; se modificó la sociedad antes individualizada de la siguiente forma: a.- La socia doña CLAUDIA MARICEL GONZALEZ CARRIZO, dueña del noventa y cinco por ciento del capital social, vendió y cedió a doña OLIVIA DE LAS MERCEDES CARRIZO GUERRERO, el equivalente al noventa por ciento del capital social, en la forma, montos y condiciones que dicho documento establece; b.- La socia doña CLAUDIA MARICEL GONZALEZ CARRIZO, dueña del noventa y cinco por ciento del capital social, vendió y cedió a doña DAMARIS ANDREA ACUÑA CARMONA el equivalente al cinco por ciento del capital social, en la forma, montos y condiciones que dicho documento establece. Como consecuencia de lo anterior, la sociedad quedo conformada por las socias doña OLIVIA DE LAS MERCEDES CARRIZO GUERRERO quien, sumado a la participación que ya poseía en la sociedad, quedó con el noventa y cinco por ciento del capital social y doña DAMARIS ANDREA ACUÑA CARMONA con el cinco por ciento del capital social; c.- Se estableció que la administración y uso de la razón social correspondiera a ambos socios, pudiendo actuar indistintamente de manera separada o conjunta. d.- Se modificó y aumentó el Objeto social, de la compañía antes individualizada, siendo agregado a su giro lo siguiente: “Servicios de Ingeniería Solar térmica y Solar Fotovoltaica, Eficiencia energética, análisis de procesos eléctricos, asesorías eléctricas, asesorías en energías renovables, instalación de paneles solares térmicos y fotovoltaicos, obras civiles menores, implementación de salas térmicas, implementación de plantas fotovoltaicas, y desarrollo de proyectos de ingeniería en energías renovables". e.- Se modificó la Razón social de la compañía, pasando de “SOLUCIONES EN TRATAMIENTO DE AGUAS LIMITADA” a “INGENIERÍA Y PROYECTOS EN ENERGIAS RENOVABLES LIMITADA”.- SOCIOS ACTUALES: En virtud de las modificaciones mencionadas en la cláusula precedente, en la actualidad, las únicas socias de INGENIERÍA Y PROYECTOS EN ENERGIAS RENOVABLES LIMITADA son doña OLIVIA DE LAS MERCEDES CARRIZO GUERRERO, con un noventa y cinco por ciento del capital social y doña DAMARIS ANDREA ACUÑA CARMONA, con un cinco por ciento del capital social.- CESIÓN DE DERECHOS: Por este acto e instrumento, doña DAMARIS ANDREA ACUÑA CARMONA, ya individualizada, vende, cede y transfiere a doña GLADYS DANIELA GONZALEZ PEREZ, ya individualizada, quien compra y acepta para sí, el cien por ciento de sus derechos sociales, correspondientes al cinco por ciento del capital social.- El precio de la cesión es la suma única y total de siete millones seiscientos treinta y cinco mil once pesos, que doña GLADYS DANIELA GONZALEZ PEREZ, ha pagado con antelación a la suscripción del presente instrumento a entera conformidad de doña DAMARIS ANDREA ACUÑA CARMONA, quien declara haberlo recibido, otorgándose recíprocamente mutuo, total, amplio y completo finiquito, declarando que el precio ha quedado entregado a la autonomía de la voluntad y que ambas lo consideran justo. Por lo anterior, declaran que se encuentra total¬mente cumplida la obligación de pagar el precio.- En virtud de la enajenación indicada en la cláusula precedente, se retira de la sociedad doña DAMARIS ANDREA ACUÑA CARMONA e ingresa doña GLADYS DANIELA GONZALEZ PEREZ quedando como únicas y actuales socias de la compañía individualizada en la cláusula primera las siguientes: A) Doña OLIVIA DE LAS MERCEDES CARRIZO GUERRERO, con un noventa y cinco por ciento del capital social; y B) Doña GLADYS DANIELA GONZALEZ PEREZ, con un cinco por ciento del capital social. El capital social asciende a un millón quinientos mil pesos.- MODIFICACIÓN SOCIAL: Los socios acuerdan modificar la sociedad en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la socia GLADYS DANIELA GONZALEZ PEREZ, anteriormente individualizada, quien tendrá las mismas facultades de administración mencionadas en el estatuto social. En atención a lo anterior, se revoca en este acto todos los poderes que en el pacto social se le hubieren conferido a los anteriores socios o administradores.- En lo no modificado por el presente instrumento, quedan vigentes todas las cláusulas del pacto social original y de las modificaciones señaladas en la cláusula primera del presente instrumento.- INGENIERÍA Y PROYECTOS EN ENERGIAS RENOVABLES LIMITADA, Rut: 76.420.360-7; Capital $1.500.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.Rep.757/2023 Pirque, 01/12/2023. DOY FE. -