MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL, PERNERÍA, FERRETERÍA Y MAESTRANZA LO ERRÁZURIZ LIMITADA

RUT 76022461-8 CVE 2417279
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de mayo de 2008
Notaría
Cerrillos

Instrumento

Fecha
7 de mayo de 2008
Comuna
Cerrillos

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 39072 del 28 de mayo de 2008

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ANTONIO ORELLANA BRIONES, abogado, notario interino de la Primera Notaría de Cerrillos, Avenida Pedro Aguirre Cerda 6.087, 2º piso, Cerrillos RM. CERTIFICO: Por escritura pública, hoy, ante mí; don MARCOS ANTONIO ZÚÑIGA RIFFO y HERMINIA ISABEL ABARZÚA GONZÁLEZ, ambos calle Martin de Solier Nº 4074, Población Buzeta, Cerrillos, R.M. MARCOS ANTONIO ZÚÑIGA RIFFO, con 50% derechos sociales y HERMINIA ISABEL ABARZÚA GONZÁLEZ, con 50% derechos sociales, son únicos y actuales socios de “COMERCIAL, PERNERÍA, FERRETERIA Y MAESTRANZA LO ERRÁZURIZ LIMITADA”, fantasía “COMERCIAL LO ERRÁZURIZ LTDA”, capital $15.000.000, RUT Nº 76.022.461-8, constituida escritura pública 07/05/2008, ante notario Santiago, René Antonio Santelices Gamboa, extracto inscrito a fojas 21.985 Nº 15.068; Registro Comercio C.B.R. Santiago año 2008; Diario Oficial Nº 39.072 de 28/05/2008. Modifican sociedad siguientes términos: modificación por ampliación giro u objeto social, cláusula tercera del estatuto constitutivo ya indicado por lo siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será: a) La importación, exportación, compra, venta, consignación, comercialización, distribución, intermediación, importación, exportación, elaboración, fabricación y producción sea al por mayor o al por menor o detalle, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes, artículos y productos de ferretería, pernería, antenas de toda clase. b) Servicios de maestranza, metalmecánica, arenado y pintura. c) La prestación de servicios de transportes de carga nacional e internacional, urbano e interurbano, sea con vehículos propios o de terceros a empresas públicas o privadas. d) El arrendamiento y/o subarrendamiento de toda clase de vehículos motorizados con chofer o sin chofer, para el transporte de carga a empresas públicas o privadas. e) El servicio de transporte de mercaderías, fletes y carga de todo género por autopistas, carreteras, rutas, caminos, avenidas, calles y pasajes sean estos públicos o privados, en todo el territorio nacional o extranjero, por cuenta propia y de terceros, como también la celebración de convenios y contratos para la ejecución y desarrollo de operaciones de logística como recepción, transporte de mercaderías y distribución de mercaderías por cuenta propia y de terceros. f) Servicio de grúas para la movilización de contenedores, bienes muebles de todo género, o toda clase de objetos. g) La mantención y asistencia mecánica y de talleres de vehículos motorizados en general; el arriendo de vehículos; la comercialización de artículos relacionados. h) La actividad comercial en todas sus formas, en especial, la compraventa de repuestos, partes y accesorios de vehículos, líquidos y lubricantes para los mismos. E i) cualquier otra actividad o negocio lícito que acuerden los socios que diga relación o no, con el objeto de la sociedad”. En todo cuanto no modificado y agregado, rige pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 24 Noviembre 2023.