MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SAKURA MOTORS IMPORT EXPORT LIMITADA

RUT 76926180-K CVE 2416961
Fecha instrumento
17 de agosto de 2007
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
17 de agosto de 2007
Notario
FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
Oficio
Primera Notaria de Iquique
Comuna
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, Notario Público Interino Primera Notaria de Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública hoy ante mi, ALI RAZA, por sí y en representación ZAHID HUSSAIN, ambos Avda. Francisco Bilbao 4050, depto. 605, Iquique y, ADNAN MANSOOR SYED, Avda. Francisco Bilbao 4050, depto. 605, Iquique; y QASIM RAZA, Las Dalias 2475, Iquique; modifican sociedad SAKURA MOTORS IMPORT EXPORT LIMITADA O SAKURA MOTORS LTDA., constituida por escritura pública 17/08/2007, otorgada Notario Público Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita a fjs. 811, N° 823 Registro Comercio 2007, Conservador Bienes Raíces Iquique, debidamente publicada Diario Oficial 27/08/2007, siguiente sentido ZAHID HUSSAIN, mediante su representado don ALI RAZA, vende cede y transfiere 100% derechos sociales, equivalen 90% haber total sociedad individualizada en la cláusula primera del presente instrumento, a ADNAN MANSOOR SYED. ALI RAZA, vende cede y transfiere parte de sus derechos sociales que equivalen 5% haber total sociedad individualizada en la cláusula primera del presente instrumento, a ADNAN MANSOOR SYED. ALI RAZA, vende cede y transfiere sus restantes derechos sociales que equivalen 5% haber total sociedad individualizada en la cláusula primera del presente instrumento, a don QASIM RAZA. Consecuencia cesiones sociales efectuadas precedentemente, sale de la sociedad y se retira de ella dejando de ser socios de la misma ZAHID HUSSAIN y ALI RAZA, quedando como únicos socios sociedad SAKURA MOTORS IMPORT EXPORT LIMITADA, ADNAN MANSOOR SYED, participación social equivalente 95% haber total sociedad; y QASIM RAZA, participación social equivalente 5% haber total sociedad. Actuales socios vienen en modificar cláusula Octava del pacto social primitivo, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios en forma separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representarán y obligaran a la sociedad con las amplias facultades señaladas en la cláusula Cuarta del pacto social primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas una a una. En todo lo no modificado presente instrumento continúa plenamente vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 13 de Noviembre del 2023.-