CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD TURÍSTICA YERMANY RIVERA LIMITADA

RUT 11413136-9 CVE 2416003
Capital
$3.030.303 CLP
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2023
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Sociedad

N. fantasía
“Brisas del Lago Ltda.”
Capital
$3.030.303 CLP
Domicilio
Puerto Varas
Duración
La Sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde el día de la publicación del extracto en el Diario Oficial, plazo que se entenderá renovado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses

Objeto social

La construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, cabañas, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con las ramas de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y demás actividades que los socios acuerden

Administración

corresponderá exclusivamente al socio Andrés Sebastián Yermany Rivera

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Marta Uberlinda Rivera Castro socio 11413136-9
Andrés Sebastián Yermany Rivera socio 17296402-8
Francisco Javier Yermany Rivera socio 20868520-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de fecha 28 de noviembre del año 2023, ante mí, Marta Uberlinda Rivera Castro, CI N° 11.413.136-9 empresaria; Andrés Sebastián Yermany Rivera, CI N° 17.296.402-8 empresario; y, Francisco Javier Yermany Rivera, CI N° 20.868.520-1, empresario, todos domiciliados en Ruta 225, kilómetro 42, La Ensenada, comuna de Puerto Varas, constituyeron sociedad mercantil de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: SOCIEDAD TURÍSTICA YERMANY RIVERA LIMITADA; nombre de fantasía: “Brisas del Lago Ltda.” Objeto: La construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, cabañas, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con las ramas de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y demás actividades que los socios acuerden. Administración y uso de la razón social: corresponderá exclusivamente al socio Andrés Sebastián Yermany Rivera. Capital: $3.030.303.- que aportan así: Marta Uberlinda Rivera Castro, $1.030.303.-, en dinero en efectivo en este acto; Andrés Sebastián Yermany Rivera, $1.000.000.-, en dinero en efectivo en este acto; y, Francisco Javier Yermany Rivera, $1.000.000.-, en dinero en efectivo en este acto. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Duración: La Sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde el día de la publicación del extracto en el Diario Oficial, plazo que se entenderá renovado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses. Domicilio: Puerto Varas. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Puerto Varas, 29 de noviembre de 2023.