ASESORIAS E INVERSIONES NGU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2023
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.549.290 CLP
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en conformidad a lo señalado en la escritura extractada. /iv/
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad, corresponderá a MIGUEL ALBERTO ALLAMAND ZAVALA, quien representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. En caso de fallecimiento o ausencia o impedimento, sea temporal o indefinido, de Miguel Alberto Allamand Zavala, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, el uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a PAULA VARGAS SEDDON y NICOLÁS ALLAMAND ALDUNATE, quienes, actuando conjuntamente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, según se indica en escritura extractada. Se modifican estatutos en escritura que no son materia de extracto, constan en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número 1201, local 101, certifico: Por escritura pública de 04 de octubre de 2023, ante mí, Miguel Alberto Allamand Zavala y Paula Vargas Seddon, ambos domiciliados para efectos de escritura extractada en Avenida Los Conquistadores número 1700, piso 16, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ASESORIAS E INVERSIONES NGU LIMITADA” (la “Sociedad”), cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 19.092, N° 14.561, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, en la cual se acordó: A) Modificar la razón social de la Sociedad por “Asesorías NGU Limitada”; B) Reemplazar el objeto social de la Sociedad por el siguiente: asesoría profesional en la explotación de predios agrícolas en todas sus fases y formas, la asesoría en la comercialización de los productos de dichos bienes en el mercado interno o externo, el asesoramiento en torno a las alternativas de flete naviero, y en la negociación y establecimiento de las tarifas de flete naviero para cada una de las temporadas fruteras; C) Modificar la administración de la Sociedad en el siguiente sentido: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad, corresponderá a MIGUEL ALBERTO ALLAMAND ZAVALA, quien representará a la Sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada. En caso de fallecimiento o ausencia o impedimento, sea temporal o indefinido, de Miguel Alberto Allamand Zavala, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a PAULA VARGAS SEDDON y NICOLÁS ALLAMAND ALDUNATE, quienes, actuando conjuntamente, representarán a la Sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada; D) Dividir la Sociedad, entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto denominada “Inversiones NGU Limitada”; E) Para efectos de la división, se acuerda disminuir el capital social de la Sociedad de la suma de $18.665.971 a la suma de $1.549.290, esto es, una disminución por la suma de $17.116.681; F) Como consecuencia de la disminución de capital señalada anteriormente, los socios acuerda reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital social es la suma de 1.549.290 pesos, que los socios han aportado en los siguientes porcentajes: Uno) Miguel Alberto Allamand Zavala, aporta el equivalente al noventa y ocho coma cero cuatro por ciento de los derechos sociales, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y, Dos) Paula Vargas Seddon aporta el equivalente al uno coma noventa y seis por ciento de los derechos sociales, que pagará dentro del plazo de tres años contado desde el veintidós de septiembre de dos mil veintitrés.”; G) Aprobar pacto social de la nueva sociedad que se crea a consecuencia de la división, que se extracta a continuación: Miguel Alberto Allamand Zavala y Paula Vargas Seddon, constituyen sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos son: i) Razón Social: La razón social de la sociedad es “INVERSIONES NGU LIMITADA", sin perjuicio que, para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos e instituciones financieras pueda usar el nombre de “INVERSIONES NGU LTDA.”. ii) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tangibles o intangibles, títulos de crédito, efectos de comercio, acciones, bonos o debentures, letras hipotecarías, títulos de deuda pública y en cualquier otra clase de valores, la explotación en cualquier forma, la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; b) La participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, cualquiera sea su objeto, clase o naturaleza y la participación como gestor o partícipe en contratos de asociación o cuentas en participación; y, c) Cualquier otro objeto que se acordare, ya sea que se relacione o no, directa o indirectamente, con los objetos sociales u otros. iii) Duración: La Sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en conformidad a lo señalado en la escritura extractada. iv) Capital: El capital social es la suma de 17.116.681 pesos, que los socios han aportado en los siguientes porcentajes: Uno) Miguel Alberto Allamand Zavala, aporta el equivalente al noventa y ocho coma cero cuatro por ciento de los derechos sociales, pagado íntegramente con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, Dos) Paula Vargas Seddon aporta el equivalente al uno coma noventa y seis por ciento de los derechos sociales, que pagará dentro del plazo de tres años contado desde el veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. v) Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad, corresponderá a MIGUEL ALBERTO ALLAMAND ZAVALA, quien representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. En caso de fallecimiento o ausencia o impedimento, sea temporal o indefinido, de Miguel Alberto Allamand Zavala, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, el uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a PAULA VARGAS SEDDON y NICOLÁS ALLAMAND ALDUNATE, quienes, actuando conjuntamente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, según se indica en escritura extractada. Se modifican estatutos en escritura que no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 30 de noviembre de 2023.