MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PROYECTA 2 SpA

RUT 76538926-7 CVE 2415324
Fecha instrumento
23 de noviembre de 2023
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
23 de noviembre de 2023
Notario
MARCOS ANDRES DIAZ LEON
Oficio
Octava Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, local ciento cinco, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada hoy ante mí, Claudio Astorga Bravo y Valentina Paz Astorga López transformaron la sociedad PROYECTA 2 SPA en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas cláusulas más importantes son las siguientes: /Uno/ los socios son Claudio Astorga Bravo y Valentina Paz Astorga López, ambos con domicilio en Av. Edmundo Eluchans 3.047 oficina 77, comuna de Viña Del Mar. /Dos/ La sociedad se denomina PROYECTA 2 LIMITADA y tendrá su domicilio en la comuna de Quilpué, sin perjuicio de los establecimientos, agencias y sucursales que pueda constituir en otros lugares, dentro del país o en el extranjero. /Tres/ La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a don Claudio Astorga Bravo, en calidad de administrador, quien podrá actuar individualmente con las facultades señaladas en el artículo décimo primero de los estatutos sociales. /Cuatro/ El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos aportados y pagados por los socios de la siguiente manera: a) Claudio Astorga Bravo aportó y pagó en dinero en efectivo 9.500.000.- pesos, correspondiéndole el 95 por ciento de los derechos sociales; y b) Valentina Paz Astorga López aportó y pagó en dinero en efectivo 500.000.- pesos, correspondiéndole, en consecuencia, el 5 por ciento de los derechos sociales. /Cinco/ Las utilidades de la sociedad se distribuirán entre los socios en las oportunidades, formas y proporciones que ellos mismos de común acuerdo determinen. A falta de acuerdo, la distribución se hará a prorrata de las respectivas cuotas en el capital social. /Seis/ El objeto de la sociedad es el desarrollo de negocios en los rubros de la construcción e inmobiliario, mediante la prestación de servicios, asesorías profesionales y consultorías de arquitectura, ingeniería, obras civiles, ingeniería, entre otros, incluyendo el estudio, diseño, elaboración, construcción, remodelación, administración, inspecciones técnicas y gestión de proyectos por cuenta propia o de terceros. Asimismo, tendrá por objeto la asesoría financiera, comercial y jurídica a personas naturales o jurídicas en la adquisición, compraventa o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, incluyendo aquellos de subsidio habitacional. Para la consecución de su objeto la sociedad podrá importar, distribuir y vender toda clase de materiales y artículos relacionados. /Siete/ La sociedad rige desde el 22 de enero de 2016 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2055, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Reñaca, Viña del Mar, 23 de noviembre de 2023.