CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA Y EXPORTADORA DE FRUTAS TROPICALES AZUAY SpA

CVE 2415853
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2023

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2023
Repertorio
2239-2023
Notario
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
Oficio
Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle San Sebastian 2727, Las Condes, Certifico:Por escritura pública de fecha 22 de Noviembre de 2023, repertorio 2.239-2023, ante mí, don VICTOR NAZARIO ORDOÑEZ GUAYLLASACA constituye una Sociedad Por Acciones que girará bajo la denominación de COMERCIALIZADORA Y EXPORTADORA DE FRUTAS TROPICALES AZUAY SpA cuyo nombre de fantasía será FRUTAS TROPICALES AZUAY. -El domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. - El objeto de la sociedad será: La compra, venta, importación, exportación y comercialización de frutas, verduras, alimentos y bienes en general y cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo, estén o no dentro del giro ordinario y que no sean contrarias a la legislación vigente, y los demás negocios relacionados con los objetos indicados.- El capital de la sociedad es de $5.000.000 dividido en 5.000 acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: Don VICTOR NAZARIO ORDOÑEZ GUAYLLASACA suscribe, entera y paga 5.000 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $5.000.000 lo que equivale y corresponde al 100% del patrimonio de la sociedad, capital el cual es pagado y suscrito en dinero en efectivo y en el presente acto. -La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don VICTOR NAZARIO ORDOÑEZ GUAYLLASACA. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de Noviembre de 2023/nh.