Sociedad de Inversiones Chicureo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, chileno, Abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, de la comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada el 9 de noviembre de 2023, repertorio número 33.674-2023, ante mí, Uno) Cristián José Duch Márquez, cédula nacional de identidad N°6.959.477-8; Dos) Angela Dawn Steel Mitrovich, cédula nacional de identidad N°10.673.431-3; Tres) María Francisca Duch Steel, cédula nacional de identidad N°17.602.423-2; Cuatro) Rosario Alicia Duch Steel, cédula nacional de identidad N°18.170.354-7; Cinco) Cristián Andrés Duch Steel, cédula nacional de identidad N°18.767.562-6; Seis) José Miguel Duch Steel, cédula nacional de identidad N°19.567.252- 0; y, Siete) Juan Agustín Duch Steel, cédula nacional de identidad N°20.810.257-5; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Alto Chicureo LT 20, comuna de Colina, Región Metropolitana, quienes acordaron modificar la sociedad “Sociedad de Inversiones Chicureo Limitada”, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito a Fs.56.915 N°41.876 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011, en el siguiente sentido: A. Modificación por donación de derechos sociales. Modificar la sociedad como consecuencia de la donación que realizaron Cristián José Duch Márquez y Angela Dawn Steel Mitrovich a Cristián Andrés Duch Steel, José Miguel Duch Steel, y, a Juan Agustín Duch Steel, en los porcentajes y condiciones indicados en escritura extractada. B. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos socios de “Sociedad de Inversiones Chicureo Limitada”, modificaron el artículo Séptimo de los estatutos sociales en los términos señalados, por el siguiente: “ARTICULO SÉPTIMO: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios aportan en las siguientes proporciones: Uno) Cristián José Duch Márquez aporta la suma de $2.039.400, equivalentes al 20,394% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Dos) Ángela Dawn Steel Mitrovich aporta la suma de $3.014.400, equivalentes al 30,144% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Tres) María Francisca Duch Steel aporta la suma de $1.000.000, equivalentes al 10% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Cuatro) Rosario Alicia Duch Steel aporta la suma de $1.000.000, equivalentes al 10% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Cinco) Cristián Andrés Duch Steel aporta la suma de $1.006.900, equivalentes al 10,069% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Seis) José Miguel Duch Steel aporta la suma de $1.006.900, equivalentes al 10,069% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; y, Siete) Juan Agustín Duch Steel aporta la suma de $932.400, equivalentes al 9,324% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de noviembre de 2023.