CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SLD LIMITADA

RUT 77390390-5 CVE 2414843
Capital
$110.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de noviembre de 2023
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$110.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de tres años contados desde esta fecha, plazo que se renovará automáticamente y sucesivamente por períodos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término con a lo menos seis meses de anticipación al término del período respectivo. Esta voluntad deberá expresarse mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La adquisición y enajenación, administración y arrendamiento de toda clase de bienes raíces, urbanos y suburbanos; ejecutar en ellos construcciones, mejoras y transformaciones y explotarlos por cuenta propia o ajena. b) La adquisición y enajenación toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; invertir en valores mobiliarios, acciones, cuotas de fondos, mutuos de cualquier naturaleza, bonos, derechos en sociedades, comunidades o cooperativas, instrumentos financieros, depósitos, títulos de mercado de capitales, tanto en Chile como en el extranjero; representar y comercializar marcas y patentes y en general, llevar a cabo todo tipo de actos y negocios que los socios de común acuerdo decidan, asimismo, será objeto de la sociedad todo acto, gestión o negocio que las partes acuerden desarrollar, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el giro social ya descrito

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública de esta fecha ante mí: don PABLO ANDRES ORELLANA ULLOA, y doña PATRICIA ANDREA REYES RETAMALES Constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: RAZON SOCIAL: "INVERSIONES SLD LIMITADA". ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don PABLO ANDRES ORELLANA ULLOA ya individualizado, quien actuará de forma individual; y a doña PATRICIA ANDREA REYES RETAMALES y doña DANIELA FRANCISCA ORELLANA ULLOA, todos ya individualizados, quienes actuarán de forma conjunta, y anteponiendo su firma a la razón social, la obligarán y representarán en todos los actos y contratos relativos a su objeto o giro ordinario y en especial en la celebración de los siguientes actos o contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $110.000.000.- aportados por los socios de la siguiente forma: Uno: Don PABLO ANDRES ORELLANA ULLOA aporta un inmueble que corresponde a la casa número cincuenta y nueve de la manzana D, ubicada en Camino Longitudinal Ruta cinco Sur número dos mil uno, del Condominio Hacienda Limay, y del derecho de uso y goce exclusivo del polígono de terreno enmarcado en las coordenadas ciento treinta y cinco guión ciento treinta y siete guión ciento treinta y ocho guión ciento treinta y seis guión ciento treinta y cinco, de la comuna de Buin, singularizado en el plano de copropiedad archivado al final del Registro de Propiedad, bajo el número doscientos noventa y cuatro, complementando por plano archivado al final del Registro de Propiedad, bajo el número trescientos sesenta y cuatro, ambos correspondientes al año dos mil diecisiete, tiene una superficie total de ciento trece coma cincuenta y ocho metros cuadrados.- Se comprenden además los derechos de dominio, uso y goce de los bienes comunes en la forma y proporción conforme a la ley número diecinueve mil quinientos treinta y siete, su reglamento y posteriores modificaciones, y en el Reglamento de Copropiedad del Condominio.- El terreno denominado Lote A-Uno, donde se construyó el referido condominio, es resultante de la fusión de los Lotes A y B, que a su vez resultaron de la fusión y subdivisión de los siguientes inmuebles: a) resto o parte no expropiada del lote número cuatro, resultante de la subdivisión de la Chacra El Naranjal, ubicado en Villaseca, y b) resto o parte no expropiada de la Hijuela número Uno de la Hijuela Poniente de la Antigua Hijuela Grande de Linderos, ubicada con frente a la Carretera Longitudinal Sur, comuna de Buin, de conformidad al plano archivado al final del Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil dieciséis, bajo el número trescientos cuarenta y tres, rectificado por plano archivado al final del Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil diecisiete, bajo el número ciento cincuenta, enmarcado en los polígonos cuarenta y cuatro guión quince guión uno guion dieciocho guion diecisiete guión dieciséis guion cuarenta y cuatro, con una superficie neta de treinta y dos metros cuadrados, y deslinda: NORTE, entre los puntos dieciséis y cuarenta y cuatro, en ciento siete coma quince metros y en línea curva entre los puntos dieciocho y diecisiete, en ochenta y ocho coma cincuenta y cinco metros; SUR, en línea quebrada entre los punto uno y quince, en ciento seis coma noventa y un metro; ORIENTE, entre los puntos cuarenta y cuatro y quince, en doscientos ochenta y ocho coma treinta seis metros; y PONIENTE: entre los puntos dieciocho y uno, en ciento setenta y dos coma ochenta y un metros y entre los puntos dieciséis y diecisiete, en setenta y siete coma ochenta y seis metros. Lo adquirió por compra a INMOBILIARIA LOS SILOS III S.A. rol único tributario 77.390.390-5, con domicilio en Avenida del Valle número ochocientos cincuenta, comuna de Huechuraba, según consta de la escritura pública otorgada ante don René Benavente Cash, Notaria de Santiago, con fecha veintisiete de septiembre del año dos mil diecinueve, rectificada y complementada por escritura pública otorgada ante el Notaria antes indicado, con fecha diez de Marzo del año dos mil veinte.- El precio de la venta fue la suma de cuatro mil setecientas cincuenta y tres coma ocho mil Unidades de Fomento, pagando en la forma establecida en el mencionado contrato.- Titulo rola inscrito a fojas mil veintisiete número mil ciento cincuenta y cuatro correspondiente al Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Buin. Esta propiedad se valoriza en $100.000.000.- Lo que corresponde al 91% de los derechos sociales; Dos: Doña PATRICIA ANDREA REYES RETAMALES aporta la suma de $10.000.- enterando en dinero efectivo, en este acto, en caja social, lo que corresponde al 9% de los derechos sociales. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: a) La adquisición y enajenación, administración y arrendamiento de toda clase de bienes raíces, urbanos y suburbanos; ejecutar en ellos construcciones, mejoras y transformaciones y explotarlos por cuenta propia o ajena. b) La adquisición y enajenación toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; invertir en valores mobiliarios, acciones, cuotas de fondos, mutuos de cualquier naturaleza, bonos, derechos en sociedades, comunidades o cooperativas, instrumentos financieros, depósitos, títulos de mercado de capitales, tanto en Chile como en el extranjero; representar y comercializar marcas y patentes y en general, llevar a cabo todo tipo de actos y negocios que los socios de común acuerdo decidan, asimismo, será objeto de la sociedad todo acto, gestión o negocio que las partes acuerden desarrollar, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el giro social ya descrito. DURACION: La duración de la sociedad será de tres años contados desde esta fecha, plazo que se renovará automáticamente y sucesivamente por períodos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término con a lo menos seis meses de anticipación al término del período respectivo. Esta voluntad deberá expresarse mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de oficinas o sucursales que puedan abrir otros lugares del país o del extranjero. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Limitada hasta la concurrencia del monto de sus aportes. Disolución anticipada caso acuerdo unánime de socios. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de Noviembre de 2023.-