Inmobiliaria Renval 2 SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2023
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $250.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el desarrollo de todo tipo de negocios inmobiliarios en Chile y)o en el extranjero, mediante la adquisición y explotación, bajo la forma de compraventa, permuta, arrendamiento o cualquier otro título, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales inmuebles, sean estos urbanos, industriales o agrícolas, amoblados o no, con o sin instalaciones. Asimismo, la Sociedad podrá realizar toda clase de actividades relacionadas con la construcción, remodelación, reparación o habilitación de edificios, casas, obras de ingeniería civil, y en general, de bienes inmuebles, ya sea directamente o a través de la contratación de terceros; incluyendo la prestación de servicios y asesorías relacionadas con la actividad inmobiliaria
Administración
La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, designados por los accionistas, facultades según escritura extractada
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES RENCORET HERMANOS S.A | socio | 77012790-4 | — | — | |
| INVERSIONES ALEJANDRO SAVAL BRAVO SpA | socio | 76695680-7 | — | — | |
| INVERSIONES RODRIGO SAVAL BRAVO SpA | socio | 76695710-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifica: por escritura pública de 15 de noviembre de 2023, ante mí, INVERSIONES RENCORET HERMANOS S.A., Rol Único Tributario Nº 77.012.790-4, domiciliada en calle Eduardo de La Barra Nº 336, Oficina Nº 302, Comuna de La Serena, Región de Coquimbo y de paso en esta Notaría; INVERSIONES ALEJANDRO SAVAL BRAVO SpA, Rol Único Tributario Nº 76.695.680-7; e INVERSIONES RODRIGO SAVAL BRAVO SpA, Rol Único Tributario Nº76.695.710-2, las dos últimas domiciliadas en Avenida Eduardo Frei Montalva Nº4.600, Comuna de Renca, Región Metropolitana y de paso en esta Notaría, constituyeron sociedad por acciones, cuyas principales estipulaciones son las siguientes: Nombre: ““Inmobiliaria Renval 2 SpA”, pudiendo también usar para fines bancarios, comerciales y publicitarios el nombre de fantasía de “Renval 2 SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será el desarrollo de todo tipo de negocios inmobiliarios en Chile y/o en el extranjero, mediante la adquisición y explotación, bajo la forma de compraventa, permuta, arrendamiento o cualquier otro título, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales inmuebles, sean estos urbanos, industriales o agrícolas, amoblados o no, con o sin instalaciones. Asimismo, la Sociedad podrá realizar toda clase de actividades relacionadas con la construcción, remodelación, reparación o habilitación de edificios, casas, obras de ingeniería civil, y en general, de bienes inmuebles, ya sea directamente o a través de la contratación de terceros; incluyendo la prestación de servicios y asesorías relacionadas con la actividad inmobiliaria. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de que se pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Administración: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, designados por los accionistas, facultades según escritura extractada. Duración. Indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es $250.000.000, dividido en 250.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, encontrándose pagadas 50.000 acciones por un valor total de $50.000.000 y el saldo se pagará en dinero efectivo en el plazo de 3 años contados desde fecha de escritura. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, a 21 de noviembre de 2023. Jorge Reyes Bessone.