CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Renval 2 SpA

RUT 77012790-4 CVE 2413831
Capital
$250.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2023
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2023
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$250.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será el desarrollo de todo tipo de negocios inmobiliarios en Chile y)o en el extranjero, mediante la adquisición y explotación, bajo la forma de compraventa, permuta, arrendamiento o cualquier otro título, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales inmuebles, sean estos urbanos, industriales o agrícolas, amoblados o no, con o sin instalaciones. Asimismo, la Sociedad podrá realizar toda clase de actividades relacionadas con la construcción, remodelación, reparación o habilitación de edificios, casas, obras de ingeniería civil, y en general, de bienes inmuebles, ya sea directamente o a través de la contratación de terceros; incluyendo la prestación de servicios y asesorías relacionadas con la actividad inmobiliaria

Administración

La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, designados por los accionistas, facultades según escritura extractada

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES RENCORET HERMANOS S.A socio 77012790-4
INVERSIONES ALEJANDRO SAVAL BRAVO SpA socio 76695680-7
INVERSIONES RODRIGO SAVAL BRAVO SpA socio 76695710-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifica: por escritura pública de 15 de noviembre de 2023, ante mí, INVERSIONES RENCORET HERMANOS S.A., Rol Único Tributario Nº 77.012.790-4, domiciliada en calle Eduardo de La Barra Nº 336, Oficina Nº 302, Comuna de La Serena, Región de Coquimbo y de paso en esta Notaría; INVERSIONES ALEJANDRO SAVAL BRAVO SpA, Rol Único Tributario Nº 76.695.680-7; e INVERSIONES RODRIGO SAVAL BRAVO SpA, Rol Único Tributario Nº76.695.710-2, las dos últimas domiciliadas en Avenida Eduardo Frei Montalva Nº4.600, Comuna de Renca, Región Metropolitana y de paso en esta Notaría, constituyeron sociedad por acciones, cuyas principales estipulaciones son las siguientes: Nombre: ““Inmobiliaria Renval 2 SpA”, pudiendo también usar para fines bancarios, comerciales y publicitarios el nombre de fantasía de “Renval 2 SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será el desarrollo de todo tipo de negocios inmobiliarios en Chile y/o en el extranjero, mediante la adquisición y explotación, bajo la forma de compraventa, permuta, arrendamiento o cualquier otro título, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales inmuebles, sean estos urbanos, industriales o agrícolas, amoblados o no, con o sin instalaciones. Asimismo, la Sociedad podrá realizar toda clase de actividades relacionadas con la construcción, remodelación, reparación o habilitación de edificios, casas, obras de ingeniería civil, y en general, de bienes inmuebles, ya sea directamente o a través de la contratación de terceros; incluyendo la prestación de servicios y asesorías relacionadas con la actividad inmobiliaria. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de que se pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Administración: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, designados por los accionistas, facultades según escritura extractada. Duración. Indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es $250.000.000, dividido en 250.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, encontrándose pagadas 50.000 acciones por un valor total de $50.000.000 y el saldo se pagará en dinero efectivo en el plazo de 3 años contados desde fecha de escritura. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, a 21 de noviembre de 2023. Jorge Reyes Bessone.