MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA QUILPUÉ SUR LIMITADA

RUT 77950150-7 CVE 2414133
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de septiembre de 2022
Repertorio
7191/2003
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 06 de Septiembre de 2022, ante mí, LAURA GLORIA URIBE AUBEL, CATALINA ANDREA CORREA URIBE, debidamente representadas por RODRIGO GUILLERMO INFANTE CASANELLO y JAVIERA IGNACIA CORREA URIBE, todos domiciliados en Augusto Leguía Norte número ciento noventa y uno, departamento veintiuno, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron “AGRÍCOLA QUILPUÉ SUR LIMITADA”, RUT 77.950.150-7, constituida 19 de junio de 2003, ante Notario de Valparaíso, don Luis Fischer Yavar, Repertorio 7191/2003, publicada en Diario Oficial de fecha de 30 de junio de 2003, inscrita a fojas 575 vuelta número 654 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente año 2003, dieron cuenta del fallecimiento del socio ALEJANDRO FRANCISCO CORREA CORREA con fecha 18 de mayo de 2020, dejando como únicas herederas a LAURA GLORIA URIBE AUBEL, JAVIERA IGNACIA CORREA URIBE, VALENTINA LAURA CORREA URIBE y CATALINA ANDREA CORREA URIBE. Las que se adjudicaron de común acuerdo los derechos sociales del socio fallecido, quedando finalmente como titulares de los siguientes porcentajes en el capital actual de la sociedad: A LAURA GLORIA URIBE AUBEL le corresponde el 70% de los derechos sociales, a JAVIERA IGNACIA CORREA URIBE le corresponde el 10% de los derechos sociales a VALENTINA LAURA CORREA URIBE le corresponde el 10% de los derechos sociales, y a CATALINA ANDREA CORREA URIBE le corresponde el 10% de los derechos sociales. Se Modifica cláusula OCTAVO en el siguiente sentido. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a LAURA GLORIA URIBE AUBEL, y en caso de fallecimiento de la administradora, la administración, representación legal y uso de la razón social quedará radicada conjuntamente en dos cualesquiera de las socias sobrevivientes, con las mismas facultades antes señaladas de la cláusula Octavo del pacto social. Capital social: $10.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2023. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.