ADS Ingeniería y Construcción Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2014
Sociedad
- N. fantasía
- Asimismo, y como consecuencia del cambio de nombre, los socios vienen en modificar el objeto de la sociedad, por el siguiente: a) Servicios de ingeniería, gestión, dirección y ejecución de proyectos, asesorías, capacitaciones, inspección técnica. Por cuenta propia o ajena, pública o privada, nacional e internacional. Servicios de ingeniería en fase conceptual, básica y detallada en las especialidades mecánica, hidráulica, civil-estructural, eléctrica, control y automatización, procesos bio-químicos, metalúrgica; b) Asesorías y servicios de ingeniería a empresas mineras, química, petroquímica, alimenticia, de energía, salmoneras, tratamiento de agua y riles, energías renovables, empresas de ingeniería, maestranzas, transporte, constructoras, navieras, municipalidades, fuerzas armadas; c) Asesoría y servicios de ingeniería a empresas con proyectos de innovación y desarrollos internos confidenciales; d) Capacitaciones técnicas a programas de universidades, institutos, empresas públicas y privadas; y, e) Inspecciones y visitas técnicas a requerimiento de proyectos de ingeniería y/o empresas mencionadas en punto c) de este
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
En lo demás continua plenamente vigente el estatuto de la sociedad con las adecuaciones necesarias para su acertada inteligencia. Valparaíso, 24 de noviembre de 2023
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ADS Ingeniería y Construcción Limitada | socio | 76330411-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO RODRIGO CARRILLO GONZALEZ, Abogado, Suplente del Notario Público Interino de Valparaíso, don PABLO JAVIER CONTRERAS GUERRERO, según Decreto judicial protocolizado, con oficio en esta ciudad, calle Esmeralda número novecientos cincuenta y tres, c¬ertifi¬co: Que por escritura pública, repertorio Nro. 1769/2023, hoy, ante mí, don ALDO MOISES DÍAZ SANTANDER, quien declara ser chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad Nº 7.523.328-0; y don ALDO IGNACIO DÍAZ AGUILERA, quien declara ser chileno, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad Nº 18.617.988-9, ambos domiciliados en Lote Nueve Ex Fundo Santa María, Comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Quinta Región, modificaron una sociedad de Responsabilidad Limitada, ADS Ingeniería y Construcción Limitada, RUT: 76.330.411-6, capital vigente $2.000.000, domiciliada en Valparaíso, por escritura pública de 7 de febrero del año 2014, otorgada ante el Notario de Valparaíso, de doña Maura Díaz Gutiérrez, suplente del titular don Alejandro Sepúlveda Valenzuela, cuyo extracto de constitución se publicó en el Diario Oficial de 24 de Febrero de 2014, edición 40.791, el cual se inscribió a fojas 235 vuelta, número 204, del Registro de Comercio del año 2014, del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Valparaíso. Posteriormente modificaron la sociedad en el sentido de que don Aldo Moisés Díaz Santander vendió, cedió y transfirió a don Aldo Ignacio Díaz Aguilera, quedando el primero con un cincuenta y un por ciento de los derechos sociales y el segundo con un cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, según consta en escritura pública otorgada ante el notario de Casablanca, don Álvaro Francisco Estrada Alvarado, de fecha 26 de octubre del año 2018, cuyo extracto de constitución se publicó en el Diario Oficial de 19 de noviembre de 2018, edición 42.208, y el cual se inscribió a fojas 1013 vuelta, número 727, del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Valparaíso del año 2018. El objeto de la sociedad será a) estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; b) la realización de trabajos de edificación de obras menores civiles, tales como casas, condominios, edificios, caminos y otros; c) la construcción por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza Ley Número dos mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante, rijan esta clase de viviendas; d) la explotación de dichas viviendas; las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos; e) la fabricación de materiales o elementos relaciones con el objeto; y también, g) las adquisiciones, mantención y/o arriendo de materiales, vehículos de carga y de transporte y cualquier otro relacionado al objeto; f) las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de tercero, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instalaciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipalidades y las que se hagan de acuerdo a proyectos aprobados por el SERVIU y/o Ministerio de viviendas y Urbanismo; g) la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; h) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; i) en la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios de habitaciones y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de obras mayores, tales como la construcción de caminos y otros; j) la compra y venta de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento, de uso de condominios, de sitios u otros inmuebles, la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; l) Servicios Industriales, mantención y reparaciones relacionadas al y/o los objetos; m) Asesorías Profesionales y Capacitaciones; n) Comercialización y/o representación de equipos industriales (Royalty) y otros que socios acuerden relacionados al giro. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá al socio Aldo Moisés Díaz Santander, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las mas amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de Cuatro años, prorrogables automáticamente por períodos iguales de cuatro años cada uno, si ninguna de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, treinta días antes del término del respectivo período. Las modificaciones consisten en: modifican el nombre de la sociedad pasando a ser “ADS Ingeniería Limitada”, manteniendo el nombre de Fantasía. Asimismo, y como consecuencia del cambio de nombre, los socios vienen en modificar el objeto de la sociedad, por el siguiente: a) Servicios de ingeniería, gestión, dirección y ejecución de proyectos, asesorías, capacitaciones, inspección técnica. Por cuenta propia o ajena, pública o privada, nacional e internacional. Servicios de ingeniería en fase conceptual, básica y detallada en las especialidades mecánica, hidráulica, civil-estructural, eléctrica, control y automatización, procesos bio-químicos, metalúrgica; b) Asesorías y servicios de ingeniería a empresas mineras, química, petroquímica, alimenticia, de energía, salmoneras, tratamiento de agua y riles, energías renovables, empresas de ingeniería, maestranzas, transporte, constructoras, navieras, municipalidades, fuerzas armadas; c) Asesoría y servicios de ingeniería a empresas con proyectos de innovación y desarrollos internos confidenciales; d) Capacitaciones técnicas a programas de universidades, institutos, empresas públicas y privadas; y, e) Inspecciones y visitas técnicas a requerimiento de proyectos de ingeniería y/o empresas mencionadas en punto c) de este objeto. En lo demás continua plenamente vigente el estatuto de la sociedad con las adecuaciones necesarias para su acertada inteligencia. Valparaíso, 24 de noviembre de 2023.