VLO SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2023
- Notario
- Notario reemplazante de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL PEÑA LEZAETA, Notario reemplazante de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, 34° Notaria Santiago, calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, certifico que, ante el titular, con fecha 15 de noviembre de 2023, se redujo a escritura pública la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de VLO SpA, celebrada con fecha 09 de noviembre de 2023, donde el accionista, aumentó el capital de la Sociedad y acordó la reforma de los Estatutos, en el siguiente tenor: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CIENCUENTA MIL PESOS, dividido en DOSCIENTAS CUARENTA Y CINCO ACCIONES, ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie que se suscribe y se paga en la forma en que señala el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad, capitalización de utilidades, créditos y/o mutuos de dinero convertibles. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado.”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CIENCUENTA MIL PESOS, dividido en DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO ACCIONES, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente forma: /Uno/ Doña MARIA VERÓNICA LARRAÍN OSSA, Única Accionista, suscribió cien acciones en el acto de constitución de la Sociedad, mediante el pago de un millón de pesos; /Dos/ En Primera Junta Extraordinaria, el Accionista, suscribió y pagó cien acciones por el monto de dos millones setecientos cincuenta mil pesos, mediante el aporte en dominio de los derechos y haberes sociales que es dueña en la sociedad AGRICOLA PL LIMITADA y SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA a VLO SpA; /Tres/ La Única Accionista en Segunda Junta Extraordinaria suscribió cuarenta y cinco acciones equivalentes a quinientos mil pesos, mediante el aporte en dominio de los derechos y haberes sociales que es dueño en la sociedad FAMILIA PRADO LARRAIN LIMITADA a VLO SpA. De conformidad a lo anterior, el capital social de cuatro millones doscientos cincuenta mil pesos, dividido en doscientos cuarenta y cinco acciones ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, ha quedado íntegramente suscrito y pagado”. Finalmente, el accionista deja de manifiesto que en todo lo no modificado expresamente en la presente Junta, los estatutos sociales se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 21 de noviembre de 2023.