INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA NIEVES SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de octubre de 2023
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- Vigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Uno) El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbaniza¬ción de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, la adquisi¬ción y enajenación de efectos de comercio y valores mobilia¬rios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o
Administración
La Administración corresponderá a IGNACIO ENRIQUE HERRERA COOPER, con las más amplias facultades señaladas escritura. Santiago, 25 de Octubre de 2023. Humberto Quezada Moreno. Notario Público
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Las Condes, Avenida Apoquindo N.º 3196, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 20 de Octubre de 2023, repertorio N.º 8636, ante mi suplente, FELIPE ANDRES BASCUÑAN LIRA , don IGNACIO ENRIQUE HERRERA COOPER, comerciante, con domicilio en Av. Jorge Alessandri doce mil seiscientos sesenta y siete comuna de San Bernardo región Metropolitana; LORENA CONSUELA CIRIANO COYA comerciante, con domicilio en Av. Jorge Alessandri doce mil seiscientos sesenta y siete comuna de San Bernardo, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones: NOMBRE: “INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA NIEVES SpA”, fantasía: “INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA NIEVES SpA”. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de que sociedad podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: Uno) El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbaniza¬ción de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, la adquisi¬ción y enajenación de efectos de comercio y valores mobilia¬rios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. La sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures, y en general, invertir, en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derecho en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clase de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro inmobiliario y mobiliario; para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que se acordare en el futuro, directa o indirectamente relacionada con las anteriores. CAPITAL Y ACCIONES: $3.000.000 dividido en 3.000 acciones nominativas, igual valor, una sola serie, sin valor nominal suscrito y pagado por este acto en dinero efectivo siguiente forma: IGNACIO ENRIQUE HERRERA COOPER, aporta $1.500.000.- equivalentes a 1.500.- acciones, LORENA CONSUELA CIRIANO COYA, aporta $1.500.000.- equivalente a 1.500 acciones, ADMINISTRACIÓN: La Administración corresponderá a IGNACIO ENRIQUE HERRERA COOPER, con las más amplias facultades señaladas escritura. Santiago, 25 de Octubre de 2023. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.