BOARIO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2023
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de BOARIO S.A | socio | 77113320-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40ª Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de BOARIO S.A., Rol Único Tributario 77.113.320-7, inscrita a fojas 29.217 número 23.644 del Registro de Comercio Santiago del año 1997, celebrada con fecha 3 de noviembre de 2023, en mi presencia y con la totalidad de los accionistas quienes acordaron: Aumento de Capital: (i) Aumentar el capital de la suma de $1.000.000.- a la suma de $2.558.585.- mediante la capitalización de la cuenta de “Revalorización de Capital Social” por la suma de $1.558.585.-, sin emitir nuevas acciones liberadas de pago; (ii) Aumentar el capital de la suma de $2.558.585.- dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la nueva suma de $172.089.482.-, mediante la emisión de 66.260 nuevas acciones, de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, representativas del total del aumento de capital por la suma de $169.530.897.- Accionistas acuerdan modificar el artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos, que quedan del siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $172.089.482.-, dividido en 67.260.- acciones, todas nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga de la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos.” “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de $172.089.482-, dividido en 67.260.- acciones, todas nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2023.