CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA MADERO LIMITADA

CVE 2409559
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2023
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2023
Notario
CARLA SILVA ACHARAN
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Domicilio
Machalí, pudiendo abrir sucursales en cualquier lugar del país o extranjero
Duración
10 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, dos meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus

Objeto social

: a) desarrollo y explotación de toda clase de negocios o actividades de carácter inmobiliario, en especial, las relativas a la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación, promoción, rehabilitación y explotación a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos o agrícolas, industriales, sean estos propios o ajenos; b) prestación de servicios de gestión inmobiliaria, pudiendo celebrar contratos de prestación de servicios y brindar asesorías de toda clase de materias relacionadas a las inmobiliarias; c) administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inmuebles, compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento de todo tipo de bienes raíces y cualquier otra actividad propia de una inmobiliaria, pudiendo explotar los inmuebles de su dominio o de los que llegue a disponer por cualquier título, sea directamente, o mediante el arrendamiento, subarrendamiento, o en cualquier otra forma legal de dichos bienes raíces, subdividirlos, fusionarlos, remodelarlos, acogerlos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, encargar a terceros, por medio de contratos generales de construcción, la ejecución de todo tipo de obras civiles. d) Prestación y corretaje de toda clase de servicios de administración de inmuebles, edificios, galerías, centros y)o locales comerciales, comunidades y otros, con personal propio o mediante subcontratación de servicios. e) Arrendamiento de bienes inmuebles, oficinas y bodegas en general, ya sean amoblados o con instalaciones, equipos y maquinarias, según corresponda.- f) Representación de toda clase de bienes y servicios, y la prestación de asesorías de cualquier naturaleza.- g) Realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas.- h) La constitución, modificación, administración y término de otras personas jurídicas.- i) Realización de toda clase de actos de comercio y servicios relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que los socios libremente acuerden.- j) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que permita, a juicio de éstos o de la administración, un mejor aprovechamiento de la estructura societaria, financiera, económica, legal e impositiva vigente.- Administración, representación y uso razón social corresponderá a SOLEDAD ESCUDERO FUENTES y CARLA ANDREA MANRIQUEZ MARTINEZ conjuntamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de 2 millones pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) SOLEDAD ESCUDERO FUENTE, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) CARLA ANDREA MANRIQUEZ MARTINEZ, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Interino Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 17 de noviembre de 2023, Repertorio número 3076-2023, ante mí, SOLEDAD ESCUDERO FUENTES, con domicilio en Las Rosas ciento diecisiete, sector La Hacienda, Machalí; y CARLA ANDREA MANRIQUEZ MARTINEZ, con domicilio en Las Cañadas ochocientos sesenta y dos, Villa Las Cañadas, Rancagua, vienen en constituir sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: «SOCIEDAD INMOBILIARIA MADERO Limitada», pudiendo usar nombre de fantasía «Inmobiliaria Madero Ltda.», que la obligará misma manera que razón social. Objeto: : a) desarrollo y explotación de toda clase de negocios o actividades de carácter inmobiliario, en especial, las relativas a la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación, promoción, rehabilitación y explotación a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos o agrícolas, industriales, sean estos propios o ajenos; b) prestación de servicios de gestión inmobiliaria, pudiendo celebrar contratos de prestación de servicios y brindar asesorías de toda clase de materias relacionadas a las inmobiliarias; c) administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inmuebles, compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento de todo tipo de bienes raíces y cualquier otra actividad propia de una inmobiliaria, pudiendo explotar los inmuebles de su dominio o de los que llegue a disponer por cualquier título, sea directamente, o mediante el arrendamiento, subarrendamiento, o en cualquier otra forma legal de dichos bienes raíces, subdividirlos, fusionarlos, remodelarlos, acogerlos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, encargar a terceros, por medio de contratos generales de construcción, la ejecución de todo tipo de obras civiles. d) Prestación y corretaje de toda clase de servicios de administración de inmuebles, edificios, galerías, centros y/o locales comerciales, comunidades y otros, con personal propio o mediante subcontratación de servicios. e) Arrendamiento de bienes inmuebles, oficinas y bodegas en general, ya sean amoblados o con instalaciones, equipos y maquinarias, según corresponda.- f) Representación de toda clase de bienes y servicios, y la prestación de asesorías de cualquier naturaleza.- g) Realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas.- h) La constitución, modificación, administración y término de otras personas jurídicas.- i) Realización de toda clase de actos de comercio y servicios relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que los socios libremente acuerden.- j) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que permita, a juicio de éstos o de la administración, un mejor aprovechamiento de la estructura societaria, financiera, económica, legal e impositiva vigente.- Administración, representación y uso razón social corresponderá a SOLEDAD ESCUDERO FUENTES y CARLA ANDREA MANRIQUEZ MARTINEZ conjuntamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de 2 millones pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) SOLEDAD ESCUDERO FUENTE, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) CARLA ANDREA MANRIQUEZ MARTINEZ, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Domicilio: Machalí, pudiendo abrir sucursales en cualquier lugar del país o extranjero. Duración: 10 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, dos meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Rancagua, 17 de noviembre de 2023. DOY FE.