CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE CONSTRUCCIÓN, SERVICIOS Y VENTA DE ÁRIDOS LIDIA CASTILLO POLANCO INGENIERÍA LIMITADA

CVE 2408611
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de noviembre de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de noviembre de 2023
Notario
FERNANDO ANDRÉS GOMILA LARSEN
Oficio
1° Notaría y Conservador de Minas de Illapel

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad Illapel
Duración
Cinco años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio y notificación carta certificada, antes expiración plazo vigencia que estuviere corriendo. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus

Objeto social

El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción en sus formas más amplias, sean estas habitacionales, comerciales, industriales, agrícola, mineras u obras públicas, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, prestar cualquier clase de servicios de mantención, realizar tasaciones, evaluar proyectos relacionadas directa o indirectamente con el objeto de la sociedad; la fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno o internacional de materiales, útiles, implementos y maquinarias de construcción, edificación y montaje y ejecutar toso los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; efectuar toda clase de actividades comerciales e industriales relacionadas con negocios inmobiliarios; transportes de personas, materiales de construcción, áridos y otros; abastecer, distribuir, importar y exportar toda clase de bienes, productos, subproductos, implementos, repuestos, accesorios, materias primas e insumos destinados al comercio, la industria, la construcción y la minería; la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, derechos privilegios, patentes de invención o marcas registradas; y el uso de las licencias que le sean permitidas directa o indirectamente con el rubro señalado, compra, venta, arriendo, permuta, importación, distribución, reparación, representación, y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias y otros elementos afines, realizando todos los actos necesarios para cumplir con el giro social y, en general, toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO ANDRÉS GOMILA LARSEN, Abogado, Notario Público de la 1° Notaría y Conservador de Minas de Illapel, con oficio en calle O´Higgins N°128, ciudad y comuna de Illapel, certifico: Por escritura otorgada ante la notario suplente de este oficio, Camila Belén Campos Toro, de fecha 02 de noviembre de 2023, JOSÉ CRISTIAN NAVEA CASTILLO, domiciliado en parcela 173, localidad de Cárcamo, comuna de Illapel, y DANIEL ANDRÉS ARAYA AGUIRRE, domiciliado en parcela 173, localidad de Cárcamo, comuna de Illapel, constituyeron sociedad responsabilidad limitada a monto aportes. Domicilio: Ciudad Illapel. Razón social: “SOCIEDAD DE CONSTRUCCIÓN, SERVICIOS Y VENTA DE ÁRIDOS LIDIA CASTILLO POLANCO INGENIERÍA LIMITADA”, pudiendo usar “LICAPO Ltda.”, que la obligará misma manera que razón social. Objeto: El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción en sus formas más amplias, sean estas habitacionales, comerciales, industriales, agrícola, mineras u obras públicas, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, prestar cualquier clase de servicios de mantención, realizar tasaciones, evaluar proyectos relacionadas directa o indirectamente con el objeto de la sociedad; la fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno o internacional de materiales, útiles, implementos y maquinarias de construcción, edificación y montaje y ejecutar toso los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; efectuar toda clase de actividades comerciales e industriales relacionadas con negocios inmobiliarios; transportes de personas, materiales de construcción, áridos y otros; abastecer, distribuir, importar y exportar toda clase de bienes, productos, subproductos, implementos, repuestos, accesorios, materias primas e insumos destinados al comercio, la industria, la construcción y la minería; la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, derechos privilegios, patentes de invención o marcas registradas; y el uso de las licencias que le sean permitidas directa o indirectamente con el rubro señalado, compra, venta, arriendo, permuta, importación, distribución, reparación, representación, y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias y otros elementos afines, realizando todos los actos necesarios para cumplir con el giro social y, en general, toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerden los socios. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a José Cristian Navea Castillo. Capital social es de $5.000.000, cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: don José Cristian Navea Castillo $4.000.000.- (cuatro millones de pesos) correspondiente al ochenta por ciento (80%) del capital común, y don Daniel Andrés Araya Aguirre la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos) correspondiente al veinte por ciento (20%) del capital común aportado y pagado en el acto en dinero efectivo y enterado en caja social. Duración: Cinco años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio y notificación carta certificada, antes expiración plazo vigencia que estuviere corriendo. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en ella.- En Illapel, a 17 de noviembre de 2023.-