SOCIEDAD COMERCIAL ZEBIL SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 13591
- Notario
- JUAN PABLO MONTES MERY
- Oficio
- Titular de la 8 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN PABLO MONTES MERY, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 8 Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 15-11-2023 otorgada ante don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8 Notaría de Santiago, los comparecientes: CAMILO ALEJANDRO ZEBIL MARDONES, Rut 18.955.771-K y NIBALDO ALEJANDRO ZEBIL FIGUEROA, Rut 7.837.024-6, todos con domicilio en calle El Monte Sur número 165, Ciudad Satélite, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, vienen en sanear conforme a la ley 19.499, reducción a escritura pública de acta de Junta de Extraordinaria de Accionistas de “SOCIEDAD COMERCIAL ZEBIL SpA”, Rut 77.244.696-9. “SOCIEDAD COMERCIAL ZEBIL SpA” fue constituida con fecha 7-10-2020 ante LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 65.057, bajo el número 31014 del año 2020. Posteriormente se realizó una Junta Extraordinaria de Accionistas con fecha 8-9-2023, con su respectiva reducción a escritura pública, realizada en esta misma notaría, número de repertorio 13.591, cuyo extracto fue debidamente inscrito en registro de comercio del conservador de bienes raíces de Santiago a fojas 82.714 bajo el número 35.673 del presente año y publicado el día 15-9-2023 en el Diario Oficial. Sin embargo, en el extracto inscrito en el Registro de Comercio y publicado en el Diario Oficial, existe una disconformidad con la reducción a escritura pública de la primera junta extraordinaria de accionistas toda vez que se indican erróneamente la forma en que los administradores ejercen la administración de la sociedad. Por este acto los comparecientes y con el objeto de evitar nulidades y/o vicios formales viene en sanear dicha disconformidad entre la escritura pública de reducción de la primera junta extraordinaria de Accionistas ya citada, por lo que, en el extracto, DONDE DICE: “DEBE DECIR: La administración y representación de la sociedad le corresponderá conjuntamente a don NIBALDO ZEBIL FIGUEROA y a don CAMILO ALEJANDRO ZEBIL MARDONES quienes, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna.”, DEBE DECIR: “DEBE DECIR: La administración y representación de la sociedad le corresponderá individualmente a don NIBALDO ZEBIL FIGUEROA y a don CAMILO ALEJANDRO ZEBIL MARDONES quienes, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna.”. Todas las demás cláusulas contenidas en estatutos vigentes no se modifican de ninguna especie. CAPITAL CONSTITUTIVO: $3.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 16 de Noviembre de 2023.-