SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL SAN FRANCISCO DE LOS ÁNGELES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2023
- Repertorio
- 30706-2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.102.954.207 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos, N°835, piso 18, comuna de Santiago, Santiago, Región Metropolitana, certifico: que, por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2023, Repertorio N°30.706-2023, ante mí, comparecen: 1) María Luisa Molina Zaldivar, 2) María Soledad Molina Zaldivar, 3) Gabriel Molina Zaldivar, 4) Luis Jaime Molina Zaldivar, 5) Carlos Cristián Molina Zaldivar y 6) Francisco Javier Molina Barceló; cada uno por si y en calidad de comuneros de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de Gabriel Molina Marín; todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en Avenida Nueva Costanera N°3.300, oficina 53, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante, los “Socios”), todos los anteriores calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL SAN FRANCISCO DE LOS ÁNGELES LIMITADA”, rol único tributario N°85.794.800-9, inscrita a fojas 10.852, número 6.571 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1977 (en adelante, la “Sociedad”), quienes acuerdan lo siguiente: Partición y adjudicación parcial. En primer lugar, la comunidad hereditaria, de común acuerdo y por unanimidad, acuerda la partición y adjudicación parcial de los derechos sociales que don Gabriel Molina Marín tenía en la Sociedad, correspondiente a en un 54,9628%, recibiendo cada heredero, a la vez únicos socios de la Sociedad, un 9,16% de los derechos y del capital social. Modificación Social. En virtud de la adjudicación antes indicadas los socios unánimemente acuerdan modificar los Estatutos de la Sociedad, remplazando el Artículo Quinto de los Estatutos de la Sociedad, sustituyéndolo íntegramente. El capital social asciende a la suma de $3.102.954.207, el cual se encuentra íntegramente pagado, en la siguiente proporción: a) María Luisa De Lourdes Molina Zaldívar, con la suma de $514.245.101, equivalente al 16,573% de los derechos y el capital social; b) María Soledad Molina Zaldívar, con la suma de $514.295.912, equivalente al 16,574% de los derechos y el capital social; c) Gabriel Molina Zaldívar, con la suma de $531.268.425, equivalente al 17,121% de los derechos y el capital social; d) Luis Jaime Molina Zaldívar, con la suma de $514.245.101, equivalente al 16,573% de los derechos y el capital social; e) Carlos Cristián Molina Zaldívar con la suma de $514.245.101, equivalente al 16,573% de los derechos y el capital social; y, f) Francisco Javier Molina Barceló, con la suma de $514.654.567, equivalente al 16,586% de los derechos y el capital social. Los Socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones de los Estatutos Sociales. Santiago, 26 de octubre de 2023.