CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PANADERÍA ALTO MACUL SpA

CVE 2408704
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de noviembre de 2023
Notaría
San Miguel
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de noviembre de 2023
Notario
VERÓNICA VILLASEÑOR PAVEZ
Oficio
Tercera Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago
Duración
Tres años, renovables periodos iguales y sucesivos de tres años a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término de la forma estipulada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La fabricación, procesamiento y comercialización, en todas sus formas, de productos derivados de la harina trigo o similar; la comercialización y distribución de productos, como pasteles, alfajores, empanadas, jugos y frutas; otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, bebidas y licores, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales, panaderías, amasanderías, pastelerías, rotiserías, botillerías y otros similares. Para el desempeño de sus actividades podrá contratar licencias o franquicias, tanto para fabricar o comercializar productos. En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriores descritas. La sociedad para cumplir su fin social podrá formar sociedades, con personas naturales o jurídicas, comprar y vender toda clase de bienes muebles o inmuebles, hipotecar, avalar, prendar, a favor de la empresa o por deuda de terceros

Administración

será ejercida por don JUAN GUILLERMO TABARES CASTAÑO y doña LINA MARCELA TABARES CASTAÑO, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura extractada.- San Miguel, 17 de noviembre de 2023

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA VILLASEÑOR PAVEZ, Abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de San Miguel, y Oficio en Gran Avda.José Miguel Carrera N°2836-A San Miguel, certifico que: por escritura de fecha 16-11-2023, otorgada ante mí, doña LINA MARCELA TABARES CASTAÑO, en representación de la sociedad "MINIMARKET SANTA LINA SPA", ambas con domicilio en calle Euclides N° 1490, comuna de San Miguel, y don JUAN GUILLERMO TABARES CASTAÑO, con domicilio en calle Ricardo Poenich N° 2656, comuna de San Miguel, constituyeron una sociedad por acciones: Razón Social: “PANADERÍA ALTO MACUL SpA.”, pudiendo usar legal y válidamente el nombre de Fantasía “ALTO MACUL SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: La fabricación, procesamiento y comercialización, en todas sus formas, de productos derivados de la harina trigo o similar; la comercialización y distribución de productos, como pasteles, alfajores, empanadas, jugos y frutas; otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, bebidas y licores, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales, panaderías, amasanderías, pastelerías, rotiserías, botillerías y otros similares. Para el desempeño de sus actividades podrá contratar licencias o franquicias, tanto para fabricar o comercializar productos. En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriores descritas. La sociedad para cumplir su fin social podrá formar sociedades, con personas naturales o jurídicas, comprar y vender toda clase de bienes muebles o inmuebles, hipotecar, avalar, prendar, a favor de la empresa o por deuda de terceros. Capital: $1.000.000.-, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, suscrito, pagado y ya ingresado en caja social, de la siuiente forma: a) MINIMARKET SANTA LINA SPA, representada por doña LINA MARCELA TABARES CASTAÑO, suscribe, entera y paga 500 acciones por $500.000, y que representa el 50% del total de las acciones; y, b) JUAN GUILLERMO TABARES CASTAÑO suscribe, entera y paga 500 acciones por $500.000, y que representa el 50% del total de las acciones. Duración: Tres años, renovables periodos iguales y sucesivos de tres años a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término de la forma estipulada en escritura extractada. Administración: será ejercida por don JUAN GUILLERMO TABARES CASTAÑO y doña LINA MARCELA TABARES CASTAÑO, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura extractada.- San Miguel, 17 de noviembre de 2023.