Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 2148/2023
Sociedad
- Domicilio
- Comuna de Curicó
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el siguiente: a) Transporte de carga por carretera prestados por cuenta propia o por terceros dentro del territorio nacional o internacional y de cualquier tipo de carga b) servicio de carga y descarga, sean estos en bodegaje o puesto en terreno del mandante, servicio de embalaje de todo tipo de carga c) servicio de logística y despacho de cualquier mercadería a cualquier destino nacional o internacional. d) cualquier otra actividad económica de que pacten los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ANDRES ORTEGA ALUL, Abogado Notario Público de Curicó, Oficio calle Estado 282, certifica: por escritura pública, de 09 de noviembre de 2023, otorgada ante mí: don HUGO IGNACIO PEREIRA CANALES, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos noventa y cinco mil ciento quince guión ocho, chileno, soltero, Técnico en Agroindustrias, con domicilio en Villa Licantén pasaje las Calderas cero cuatrocientos diecisiete Aguas Negras, comuna de Curicó y doña DESIREE ARLENE VARGAS ALVAREZ, cédula de identidad número diecisiete millones doscientos setenta y seis mil trescientos treinta y uno guión seis, soltera, tecnica en enfermeria, con domicilio en Villa Licantén pasaje las Calderas cero cuatrocientos diecisiete Aguas Negras, comuna de Curicó Constituyen sociedad por acciones, Razón social: TRANSPORTES JE SpA. Pudiendo funcionar con el nombre de fantasía de TRANSPORTES FOREVER SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) Transporte de carga por carretera prestados por cuenta propia o por terceros dentro del territorio nacional o internacional y de cualquier tipo de carga b) servicio de carga y descarga, sean estos en bodegaje o puesto en terreno del mandante, servicio de embalaje de todo tipo de carga c) servicio de logística y despacho de cualquier mercadería a cualquier destino nacional o internacional. d) cualquier otra actividad económica de que pacten los socios.-Administración, representación y uso razón social: La sociedad será administrada por don HUGO IGNACIO PEREIRA MARTINEZ y doña DESIREE ARLENA VARGAS ALVAREZ, pudiendo actuar indistintamente o de manera separada.- Capital: El capital inicial de la sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones y sin valor nominal, íntegramente suscritos y pagados de la siguiente forma: a) don HUGO IGNACIO PEREIRA CANALES , aporta la suma de cinco millones de pesos, pagados en este acto y en dinero efectivo, lo que corresponde a cinco mil acciones. b) doña DESIREE ARLENA VARGAS ALVAREZ, aporta la suma de cinco millones de pesos, pagados en este acto y en dinero en efectivo, lo que corresponde a cinco mil acciones Domicilio: Comuna de Curicó, sin perjuicio otros resto o país o extranjero. Duración: de carácter indefinido. Responsabilidad: limitada al monto aportes. Utilidades y pérdidas: proporción sus aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada, Repertorio Nº 2148/2023.- Curicó, 13 de noviembre de 2023.-