TRANSPORTES COLECTIVOS MAIPO BUIN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 1994
- Notario
- EDUARDO ANDRÉS ALIAGA MARTÍNEZ
- Oficio
- 3ra Notaría de Buin
- Comuna
- Buin
Administración
a) Retirar valores en custodia y contratar y abrir cajas de seguridad; retirar correspondencia certificada, encomiendas y giros de las oficinas postales, telegráficas, ferroviarias y análogas, retirar de las aduanas y de los puertos marítimos, aéreos o de cualquier otra parte, maquinarias o especies consignadas a la sociedad. b) Iniciar actividades e inscribir a la sociedad en el Rol Único Tributario; solicitar timbraje de libros de contabilidad y documentación obligatoria; efectuar declaraciones mensuales y anuales de impuestos; declarar y pagar cotizaciones previsionales; pagar patentes municipales. c) En general, realizar toda actividad tendiente a la buena administración de la sociedad. LIMITACIONES: Queda expresamente estipulado que para ejercer las FACULTADES BANCARIAS Y COMERCIALES, y LAS RELATIVAS A LA CELEBRACIÓN DE ACTOS Y CONTRATOS: se necesitara la firma del Gerente General conjuntamente con otro miembro del Directorio
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO ANDRÉS ALIAGA MARTÍNEZ, Abogado, Notario Público Interino de la 3ra Notaría de Buin, con asiento en Paine, con oficio en calle O’Higgins N° 590 comuna de Paine. CERTIFICO: Por Escritura Pública hoy ante mí, comparece: don SERGIO IVAN PARRAGUEZ NAVARRO, chileno, casado, chofer, cédula nacional de identidad número 9.814.771-3, domiciliado Calle Ex alcalde Briones N°060, comuna de Buin, en su calidad de Gerente General, en representación de “TRANSPORTES COLECTIVOS MAIPO BUIN S.A. o COLECTIVOS MAIPO BUIN S.A.” Rol único Tributario Nº 96.716.260-4; viene en modificar lo obrado en constitución escritura pública otorgada con el repertorio número 719-1994, de fecha 28 de septiembre de 1994, ante don Rafael Cantarero Basulto, Abogado, Notario Público de Buin. Su extracto respectivo, rola inscrito a fojas 51 número 54 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin, correspondiente al año 1994; como así mismo, el referido extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 3 de noviembre del año mil 1994, Cláusula VIGESIMO SEGUNDO se modifica y sustituye por la que se indica a continuación de acuerdo a la Segunda Junta Extraordinaria de accionistas celebrada el dia 28 de septiembre de 2023 se modifica y sustituye por la que se indica a continuación: El GERENTE GENERAL contara con las siguientes facultades y atribuciones que a continuación se indican: i) FACULTADES BANCARIAS Y COMERCIALES: a) Contratar, abrir, operar y cerrar cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de depósito, de crédito, de ahorro y especiales; imponerse de su movimiento; reconocer y aprobar saldos; retirar talonarios de cheques; girar y sobregirar en ellas; girar, cancelar, endosar, depositar y protestar cheques. b) Contratar préstamos en forma de mutuos, pagaré, avances contra aceptación, sobregiro, crédito en cuenta corriente o en cualquier otra forma. c) Girar, cobrar y percibir, aceptar, reaceptar, descontar, endosar en dominio, en cobranza o en garantía, avalar, prorrogar, y protestar letras, pagarés y demás documentos mercantiles. d) Hacer depósitos en dinero, especies o valores a la vista o a plazo e) En general, ejecutar y celebrar toda clase de operaciones bancarias en bancos comerciales, bancos de fomento y/o hipotecarios, Banco del Estado de Chile, Banco Central de Chile, Corporación de Fomento de la Producción y demás instituciones de crédito o bancarias, pudiendo aceptar todas las modalidades o condiciones que esas instituciones exijan; contratar y cancelar boletas bancarias de garantía; efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios y efectos públicos y de comercio. ii) FACULTADES RELATIVAS A LA CELEBRACIÓN DE ACTOS Y CONTRATOS: a) Celebrar, contratos de trabajo individuales o colectivos o de servicios profesionales. Contratos de seguro, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas y aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros. Contratos de transporte y de fletamento. Contratos de leasing. Contratos de factoring. Contratos de promesa. Contratos de suministro, de distribución, de agencia, de comisión, de correduría, de representación y, en general, cualquier otro contrato nominado o no, pudiendo convenir en todos ellos toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente por las leyes y sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales, pudiendo fijar precios, intereses, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y formas de pago y de entrega, cabidas y deslindes, pactar indivisibilidad activa o pasiva; convenir cláusulas penales a favor o en contra de la sociedad; fijar multas a favor o en contra de ella; pactar prohibiciones de enajenar o gravar. b) Concurrir a la constitución de sociedades civiles y mercantiles, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, en comandita simple o por acciones, asociaciones o cuentas en participación, joint venture y demás que contempla la legislación común y/o especial, de comunidades, de corporaciones, de asociaciones gremiales; ingresar a las ya constituidas, asistir a sus reuniones y juntas con derecho a voz y voto y concurrir a la prórroga, modificación, disolución y liquidación de aquellas en que la sociedad forme parte. c) Ceder y aceptar créditos o derechos muebles e inmuebles, sean nominativos, a la orden o al portador. d) Cobrar y percibir, firmando recibos, cancelaciones y finiquitos. e) Exigir rendiciones de cuentas. f) Aceptar y pedir bienes en adjudicación. g) Tomar parte en la administración de sociedades y asistir a juntas de accionistas con voz y voto; firmar y aceptar traspasos de acciones. h) Solicitar y tramitar la inscripción de propiedad industrial, intelectual, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales; patentar inventos; deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en relación con esta materia. iii) FACULTADES DE REPRESENTACIÓN ANTE ENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS: a) Representar a la sociedad ante toda clase de autoridades administrativas, judiciales, del trabajo, municipales y fiscales, ante servicios u organismos públicos y ante funcionarios y empleados del Estado, sin ninguna excepción, y ante toda persona natural o jurídica, pudiendo realizar con ellas toda clase de gestiones o trámites y resolver con las mismas cualquier tipo de dificultad con relación a los actos o contratos que celebren y ejecuten o a las resoluciones que adopten. b) Efectuar todo tipo de presentaciones verbales y escritas, ante el Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Tesorerías, Ministerios, Superintendencias, Contraloría General de la República, Dirección del Trabajo, Administradoras de Fondos de Pensiones, Instituciones de Salud Previsional, Cajas de Compensación, etcétera. c) Concurrir a ofertas, licitaciones y propuestas públicas o privadas. iv) FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN: a) Retirar valores en custodia y contratar y abrir cajas de seguridad; retirar correspondencia certificada, encomiendas y giros de las oficinas postales, telegráficas, ferroviarias y análogas, retirar de las aduanas y de los puertos marítimos, aéreos o de cualquier otra parte, maquinarias o especies consignadas a la sociedad. b) Iniciar actividades e inscribir a la sociedad en el Rol Único Tributario; solicitar timbraje de libros de contabilidad y documentación obligatoria; efectuar declaraciones mensuales y anuales de impuestos; declarar y pagar cotizaciones previsionales; pagar patentes municipales. c) En general, realizar toda actividad tendiente a la buena administración de la sociedad. LIMITACIONES: Queda expresamente estipulado que para ejercer las FACULTADES BANCARIAS Y COMERCIALES, y LAS RELATIVAS A LA CELEBRACIÓN DE ACTOS Y CONTRATOS: se necesitara la firma del Gerente General conjuntamente con otro miembro del Directorio. Otras estipulaciones escritura extractada, Paine, 30 de Octubre de 2023.