INMOBILIARIA FAMAJ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de julio de 2022
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $186.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, Huérfanos N°979, Of. 501, certifica que: por escritura pública de fecha 20 de julio del año 2022, ante mí, comparecieron: don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE, doña MAGDALENA ABOITIZ POMMERENKE y doña MARÍA FRANCISCA ABOITIZ POMMERENKE, por sí y en representación de don ANDRÉS ABOITIZ POMMERENKE, todos con domicilio en Málaga N° 120, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quienes vienen en modificar la sociedad INMOBILIARIA FAMAJ LIMITADA, Rut N° 76.217.418-9, que figura inscrita a Fs. 45445, N° 31809 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, conforme al siguiente tenor: I. Cesión de derechos. Los actuales y únicos socios acuerdan modificar la sociedad, mediante la compraventa y cesión de los siguientes derechos sociales: i) Doña MARÍA FRANCISCA ABOITIZ POMMERENKE, vende, cede y transfiere a don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE, quien compra, acepta y adquiere un 8,34% de los derechos sociales en INMOBILIARIA FAMAJ LIMITADA, en la suma de $10.264.396.-, que don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE se obliga a pagar, dentro del plazo de 120 días a contar de la fecha de la escritura; ii) Don ANDRÉS ABOITIZ POMMERENKE, debidamente representado, vende, cede y transfiere a don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE, quien compra, acepta y adquiere un 8,33% de los derechos sociales en la compañía referida anteriormente, en la suma de $10.264.396.-, que don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE se obliga a pagar, dentro del plazo de 120 días a contar de la fecha de la escritura; y, iii) Doña MAGDALENA ABOITIZ POMMERENKE, vende, cede y transfiere a don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE, quien compra, acepta y adquiere un 8,33% de los derechos sociales en la compañía referida anteriormente, en la suma de $10.264.396.-, que don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE se obliga a pagar, dentro del plazo de 120 días a contar de la fecha de la escritura. En consecuencia, don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE, ingresa como socio a INMOBILIARIA FAMAJ LIMITADA. II. Modificación. En razón de lo anterior, modifican el artículo sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: Capital. El capital social es la suma de $186.000.000, que los socios aportan en la siguiente proporción: a) don JUAN PABLO ABOITIZ POMMERENKE, aporta la suma de $46.500.000.-, equivalentes al 25% de los derechos sociales, íntegramente pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; b) doña MARÍA FRANCISCA ABOITIZ POMMERENKE, aporta la suma de $46.500.000.-, equivalentes al 25% de los derechos sociales, íntegramente pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; c) don ANDRÉS ABOITIZ POMMERENKE, aporta la suma de $46.500.000.-, equivalentes al 25% de los derechos sociales, íntegramente pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; y c) doña MAGDALENA ABOITIZ POMMERENKE, aporta la suma de $46.500.000.-, equivalentes al 25% de los derechos sociales, íntegramente pagado y enterado con anterioridad a esta fecha”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile a 7 de noviembre de 2023.