MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS SIP LIMITADA

RUT 78089230-7 CVE 2406412
Fecha instrumento
23 de octubre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de octubre de 2023
Repertorio
8928/2023
Notario
Myriam Amigo Arancibia
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios y asesoría a terceros para la gestión, organización, elaboración, coordinación, planificación, implementación, promoción, desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios, habitacionales y de la construcción. Para la consecución de su objeto, la sociedad podrá realizar o contratar con terceros todo tipo de estudios de especialidad tales como estudios de arquitectura, factibilidad, construcción, elaborar informes acerca del estado y avance del desarrollo de los proyectos inmobiliarios y de las especialidades involucradas en la ejecución de dichos proyectos, podrá también asesorar y coordinar la contratación de servicios legales especiales que sean necesarios para la ejecución de los proyectos, y en general podrá hacer todo lo que sea necesario para lograr el desarrollo del negocio social, en el giro indicado.”; Siete) Se modifica la cláusula Quinta, relativa a la administración y uso de la razón social, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios Mauricio Alfredo Sillano Poduje y Rodrigo Orlando Sillano Poduje, quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula quinta del estatuto social; Ocho) Se reemplaza la cláusula Sexta, relativa al capital social, por la siguiente: “SEXTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Myriam Amigo Arancibia, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 23 de octubre de 2023, repertorio Nº8.928/2023, ante mí comparecen: La sociedad INMOBILIARIA SIP SpA, ORLANDO CESAR SILLANO ZAN, MAURICIO ALFREDO SILLANO PODUJE y RODRIGO ORLANDO SILLANO PODUJE, todos con domicilio en Holanda N° 100, oficina 102, comuna de Providencia, Región Metropolitana y modifican sociedad ASESORIAS SIP LIMITADA en el siguiente sentido: Uno) Orlando César Sillano Zan, dueño del 0,2% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de su participación en Asesoría Sip Limitada a Mauricio Alfredo Sillano Poduje quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.400.- que pagará en el plazo de 3 meses contados desde la fecha de la escritura.; Dos) Inmobiliaria Sip SpA, dueña del 99,8% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a Mauricio Alfredo Sillano Poduje, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cuarenta y nueve coma nueve por ciento de su participación en la sociedad ASESORIAS SIP LIMITADA, en la suma de $597.600.- que pagará en el plazo de tres meses contados desde la fecha de la escritura; Tres) Inmobiliaria Sip SpA, vende, cede y transfiere a don Rodrigo Orlando Sillano Poduje, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta coma uno por ciento de su participación en la sociedad ASESORIAS SIP LIMITADA, en la suma de $600.000, que pagará en el plazo de tres meses contados desde la fecha de la escritura; Cuatro) Se retiran de la sociedad Orlando César Sillano Zan e Inmobiliaria Sip SpA, quedando como únicos socios de ASESORIAS SIP LIMITADA Mauricio Alfredo Sillano Poduje y Rodrigo Orlando Sillano Poduje, cada uno con el cincuenta por ciento de los derechos sociales;. Cinco) Se modifica la sociedad ASESORIAS SIP LIMITADA, de sociedad comercial de responsabilidad limitada, a una sociedad de profesionales de responsabilidad limitada; Seis) Se reemplaza la cláusula Cuarta, relativa al objeto social, por la siguiente: “CUARTO: Objeto. El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios y asesoría a terceros para la gestión, organización, elaboración, coordinación, planificación, implementación, promoción, desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios, habitacionales y de la construcción. Para la consecución de su objeto, la sociedad podrá realizar o contratar con terceros todo tipo de estudios de especialidad tales como estudios de arquitectura, factibilidad, construcción, elaborar informes acerca del estado y avance del desarrollo de los proyectos inmobiliarios y de las especialidades involucradas en la ejecución de dichos proyectos, podrá también asesorar y coordinar la contratación de servicios legales especiales que sean necesarios para la ejecución de los proyectos, y en general podrá hacer todo lo que sea necesario para lograr el desarrollo del negocio social, en el giro indicado.”; Siete) Se modifica la cláusula Quinta, relativa a la administración y uso de la razón social, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios Mauricio Alfredo Sillano Poduje y Rodrigo Orlando Sillano Poduje, quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula quinta del estatuto social; Ocho) Se reemplaza la cláusula Sexta, relativa al capital social, por la siguiente: “SEXTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón doscientos mil pesos, el cual se aporta por los socios en la cantidad y proporción que a continuación se indica: a) don Mauricio Alfredo Sillano Poduje aporta la suma de seiscientos mil pesos, pagados al contado y en dinero efectivo ingresado a la caja social, correspondiéndole el cincuenta por ciento de los derechos sociales; y b) don Rodrigo Orlando Sillano Poduje aporta la suma de seiscientos mil pesos, pagados al contado y en dinero efectivo ingresado a la caja social, correspondiéndole el cincuenta por ciento de los derechos sociales.” En todo lo no modificado continúan vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2023.-