CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS PROFESIONALES VERA Y GONZÁLEZ ABOGADOS LIMITADA

RUT 13563580-4 CVE 2406407
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de noviembre de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de noviembre de 2023
Repertorio
7066-2023
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
1ª Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Será la ciudad de Santiago
Duración
10 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad, renovándose tacita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término en forma estipulada en pacto social. ADMINISTRACION Y USO

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría legal en todo tipo de materias y en todas sus formas, cualquiera sea su naturaleza o denominación

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Notario Público Titular de la 1ª Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1.450, local uno, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de noviembre de 2023, Repertorio 7066 - 2023, ante mí, don RENÉ PATRICIO VERA PINTO, cédula de identidad N° 13.563.580-4, y doña MARÍA JESÚS GONZÁLEZ NAVARRO, cédula de identidad N° 13.903.101-6, ambos con domicilio en calle Angostura Inglesa N° 55, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de servicios profesionales de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extracta: RAZÓN SOCIAL: “ASESORÍAS PROFESIONALES VERA Y GONZÁLEZ ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “VG ABOGADOS LIMITADA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría legal en todo tipo de materias y en todas sus formas, cualquiera sea su naturaleza o denominación. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, que los socios han enterado y pagado íntegramente, en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) RENÉ PATRICIO VERA PINTO, la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital social, cantidad que ha ingresado a la caja social; b) MARÍA JESÚS GONZÁLEZ NAVARRO, la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital social, cantidad que ha ingresado a la caja social. RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de sus respectivos aportes. DOMICILIO: Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que los socios acuerdan establecer, en el país o en el extranjero. DURACIÓN: 10 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad, renovándose tacita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término en forma estipulada en pacto social. ADMINISTRACION Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don RENÉ PATRICIO VERA PINTO y a doña MARÍA JESÚS GONZÁLEZ NAVARRO, quienes actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, representarán a la sociedad, según facultades señaladas en pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 noviembre de 2023.