INGENIERÍA ALHUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2023
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Los actuales y únicos accionistas de la sociedad INGENIERÍA ALHUE LIMITADA acuerdan modificar la administración de la sociedad, de manera que la administración y representación social sea ejercida por don FERNANDO ANTONIO NÚÑEZ VÁSQUEZ y por don SEBASTIÁN ALEJANDRO NÚÑEZ HERNÁNDEZ, quienes actuarán de manera individual e indistintamente y antepondrán su firma a la razón social, representando a la sociedad con las más amplias facultades, sin limitación alguna. II. Modificaciones sociales. Como consecuencia de lo anterior, se sustituye el Artículo Sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración social en los términos señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de octubre del año 2023, ante mí, don FERNANDO ANTONIO NÚÑEZ VÁSQUEZ y don SEBASTIÁN ALEJANDRO NÚÑEZ HERNÁNDEZ, ambos domiciliados para estos efectos en Alhue N°1.549, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar los estatutos de la sociedad INGENIERÍA ALHUE LIMITADA, inscrita a fojas 61.238, número 26.458 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, en el siguiente sentido: I. Administración. Los actuales y únicos accionistas de la sociedad INGENIERÍA ALHUE LIMITADA acuerdan modificar la administración de la sociedad, de manera que la administración y representación social sea ejercida por don FERNANDO ANTONIO NÚÑEZ VÁSQUEZ y por don SEBASTIÁN ALEJANDRO NÚÑEZ HERNÁNDEZ, quienes actuarán de manera individual e indistintamente y antepondrán su firma a la razón social, representando a la sociedad con las más amplias facultades, sin limitación alguna. II. Modificaciones sociales. Como consecuencia de lo anterior, se sustituye el Artículo Sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración social en los términos señalados. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los Estatutos. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 30 de octubre del año 2023. María Soledad Lascar, Notario Público.