CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS PROFESIONALES TYH CAPITAL LIMITADA

CVE 2405809
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
10 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de noviembre de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Su domicilio es la ciudad de Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 10 de noviembre de 2023, ante la Notario Suplente, NICOLAS TOPALI TORREALBA domiciliado en esta ciudad, calle Río Elba número doscientos treinta y tres, Condominio Los Ríos, Comuna de Colina, Región Metropolitana; y FRANCISCO JAVIER HERRERA MUÑOZ domiciliado en esta ciudad, calle Flor de Azucena número ochenta, departamento setenta y tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada ASESORÍAS PROFESIONALES TYH CAPITAL LIMITADA, pudiendo actuar ante terceros, incluso Bancos e Instituciones Financieras, bajo los nombres de fantasía “Asesorías TYH Capital Ltda.” y/o “TYH Capital Ltda.” La sociedad tendrá por objeto exclusivo prestar servicios de asesoría, consultoría, asistencia profesional y capacitación en la creación, organización, dirección, auditoria y racionalización de empresas, fábricas, procesos o sistemas, evaluando y gestionando negocios, proyectos, procesos o sistemas. Los servicios serán prestados a través de los socios, asociados y/o colaboradores.- Domicilio: Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero.- La sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde esta fecha, plazo de vigencia que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, hasta que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas. La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quienes actuando individualmente y con el sólo requisito de anteponer su firma a la razón social de la sociedad, la representarán sin limitaciones de ninguna especie. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios aportan, enteran y pagan en este acto, en dinero efectivo y en partes iguales. La sociedad declara haber recibido los aportes referidos a su entera conformidad, mismos que ha ingresado a la caja social, dando por totalmente pagado el capital social.- Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 13 de Noviembre 2023.