PRODECAP-CONSULTORES SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2023
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Objeto social
Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas, o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas; y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades, así como cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE, Notario Suplente del Titular RAMÓN GARCÍA CARRASCO, oficio Rengo Nº 444 Concepción certifica: por escritura de fecha 06/11/2023 N°12.719-2023, ante notario suplente de ésta OLAYA FERRADA GARRIDO; Don EDUARDO ALONSO GARCIA ALARCON, cédula de identidad N°16.137.974-3, Obispo Salas N°445, departamento 407, Concepción, y CLAUDIO ANDRES NEIRA RODRIGUEZ, cédula de identidad N°12.523.499-2, Bellavista N°8, Parque Residencial Bello Horizonte, Punta de Parra, Tomé, modificaron sociedad por acciones denominada “PRODECAP-CONSULTORES SpA”, nombre fantasía “PRODECAP SpA”, Rol Unico Tributario N°77.490.487-5, constituida por escritura pública de 16 de noviembre de 2021, ante Notario Público Concepción doña Carla Alejandra Hadi Manríquez, suplente del titular Heraclio Rojas Vergara, extracto inscrito fojas 2117 vuelta, N°1480 Registro de Comercio año 2021 del Conservador de Bienes Raíces Concepción, publicado en Diario Oficial de 22 de noviembre de 2021. CESION.- Socio Eduardo Alonso García Alarcón vende, cede y transfiere el 30% de sus derechos y acciones en esta sociedad -ascendentes al 30% del capital social y/o a 15 acciones-, a don Claudio Andrés Neira Rodríguez, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- Precio $15.000.000.- que el cesionario pagará con las utilidades de la empresa, de acuerdo a las necesidades sociales. Cedente manifiesta su conformidad y satisfacción con la forma en que se pagará el precio. Quedan como únicos socios don Eduardo Alonso García Alarcón y don Claudio Andrés Neira Rodríguez, con un setenta y un treinta por ciento del capital social, respectivamente. Los comparecientes y únicos socios, efectúan las siguientes MODIFICACIONES al pacto social: A.- Se modifica el artículo tercero, relativo a los objetos o giros de la sociedad, el que queda de la manera siguiente: “Artículo tercero: Son objetos de la sociedad: a) La prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas; auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras; b) La actividad inmobiliaria en todas sus formas, para lo cual podrá comprar, vender, enajenar, arrendar y en general explotar bienes inmuebles, en cualquier forma y a cualquier título, y la subdivisión, loteo, urbanización, y venta, por cuenta propia o ajena, de toda clase de inmuebles, urbanos o rurales; c) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, y en general todos aquellos que se transen en el mercado de capitales, en cuotas y derechos en comunidades y cualquier tipo de sociedades, pudiendo ingresar a unas u otras; d) el diseño, estudio, ejecución e implementación de todo tipo de obras de ingeniería, públicas y civiles, tales como construcción de caminos, puentes, edificios completos o de partes de edificios; e) la construcción, montaje, soldadura e inspección técnica de obras submarinas, tales como muelles, emisarios; f) proyectos de Ingeniería, construcción y montajes industriales; g) el estudio, proyecto y administración de contratos; h) la supervisión, ejecución e inspección de obras de construcción; i) la supervisión e inspección ambiental en obras; j) la preparación de terrenos, excavaciones y movimientos de tierras; k) la elaboración de planimetría y especificaciones técnicas; l) la elaboración y cuantificación de proyectos; m) la elaboración de bases para licitación y estudios de adjudicación; n) la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma de obras civiles menores de construcción, tales como pavimentación, reposición de calles y veredas, instalaciones de redes de servicios, así como toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su modificación y/o ampliación o demolición; ñ) la compra, venta, comercialización, elaboración, arrendamiento, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de artículos de ferretería, máquinas, equipos, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, maderas, vidrios, aluminios, aceros, fierros plásticos, materiales de construcción, pinturas y otros elementos afines para la construcción; o) la comercialización de todo tipo de artículos de broncería, quincallería, mercería, artículos de pesca, caza, camping y similares; p) la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de lubricantes, combustibles, repuestos y accesorios automotrices; q) la compra, venta, comercialización y arriendo de vehículos motorizados; r) Cualquier otro negocio, actividades y actos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas, o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas; y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios.” B.- Se modifica el artículo cuarto, aumentándose el capital a Ciento cincuenta millones de pesos, el que queda de la manera siguiente: “Artículo cuarto: El capital social es la suma de Ciento cincuenta millones de pesos divididos en un millón de acciones, ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno. Las acciones podrán ser pagadas en dinero o con otros bienes o con aportes de industria o trabajo. La valorización de los aportes no dinerarios se efectuará siempre por la administración de la sociedad. La administración de la sociedad determinará si las acciones se emitirán o no imprimiendo láminas físicas de los títulos”. En lo no modificado, mantiene vigencia el estatuto social.- Concepción, 08 noviembre 2023.