SOCIEDAD MINERA VOLCANUS SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2023
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: i) La inversión en actividades productoras de renta así como en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, derivados, opciones sobre acciones o derechos en sociedades de cualquier naturaleza, sean estas mineras, comerciales o civiles ya constituidas o por constituirse y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; la compra, venta y disposición de dichos bienes así como de cualquier otro bien mueble y)o raíz, derechos e inversiones; ii) La inversión en actividades industriales mineras, así como la adquisición y enajenación, a cualquier título, de concesiones mineras en trámite o ya constituidas, cuotas en ellas, y acciones en sociedades contractuales mineras y sociedades legales mineras; iii) La operación de una o más plantas procesadoras de minerales, ya sea por cuenta propia o de terceros; iv) la administración de las inversiones antes señaladas y la percepción de sus frutos y rentas; y v) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen, accesorias o complementarias de las anteriores, y que sean conducentes al cumplimiento del objeto;
Administración
La administración de la sociedad la ejercerá RODRIGO FERNANDO MANRIQUEZ ROMAN, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo décimo quinto de los Estatutos le otorgan, aún las que se establezcan como privativas de la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Repertorio Número 28493-2023, RODRIGO FERNANDO MANRIQUEZ ROMAN, ingeniero, C.I. 8.934.294-5, domiciliado en esta ciudad, calle Sánchez Fontecilla 9306, Jardines de la Viña, comuna de La Florida; constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos sociales se extractan a continuación: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: SOCIEDAD MINERA VOLCANUS SpA; OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: i) La inversión en actividades productoras de renta así como en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, derivados, opciones sobre acciones o derechos en sociedades de cualquier naturaleza, sean estas mineras, comerciales o civiles ya constituidas o por constituirse y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; la compra, venta y disposición de dichos bienes así como de cualquier otro bien mueble y/o raíz, derechos e inversiones; ii) La inversión en actividades industriales mineras, así como la adquisición y enajenación, a cualquier título, de concesiones mineras en trámite o ya constituidas, cuotas en ellas, y acciones en sociedades contractuales mineras y sociedades legales mineras; iii) La operación de una o más plantas procesadoras de minerales, ya sea por cuenta propia o de terceros; iv) la administración de las inversiones antes señaladas y la percepción de sus frutos y rentas; y v) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen, accesorias o complementarias de las anteriores, y que sean conducentes al cumplimiento del objeto; CAPITAL: $10.000.000.- (diez millones de pesos), dividido en 100 (cien) acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie e igual valor, suscrito y pagado. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad la ejercerá RODRIGO FERNANDO MANRIQUEZ ROMAN, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo décimo quinto de los Estatutos le otorgan, aún las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. Otros acuerdos en escritura extractada. En Santiago, 6 noviembre 2023.-