MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES DECOSOL LIMITADA

RUT 76301391-K CVE 2403556
Fecha instrumento
19 de octubre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de octubre de 2023
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la 41ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, DIEGO JOSÉ RIVERA OLIVOS, SILVIA XIMENA OLIVOS LEYTON, MATÍAS ALFONSO RIVERA OLIVOS, EDUARDO ANDRÉS RIVERA OLIVOS y JOSEFA ANAHI LEÓN OLIVOS; todos domiciliados para estos efectos en calle Capitán Crosbie número novecientos sesenta, departamento ciento doce A, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificar los estatutos de INVERSIONES DECOSOL LIMITADA, en el siguiente sentido: 1) DIEGO JOSÉ RIVERA OLIVOS, dona: i) a MATÍAS ALFONSO RIVERA OLIVOS, la nuda propiedad del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales de “INVERSIONES DECOSOL LIMITADA; ii) a EDUARDO ANDRÉS RIVERA OLIVOS, la nuda propiedad del veinticinco por ciento del total de los derechos sociales; iii) a JOSEFA ANAHI LEON OLIVOS, la nuda propiedad del quince por ciento del total de los derechos sociales de “INVERSIONES DECOSOL LIMITADA”; y iv) a SILVIA XIMENA OLIVOS LEYTON, el usufructo vitalicio del noventa por ciento del total de los derechos sociales en “INVERSIONES DECOSOL LIMITADA”. 2) SILVIA XIMENA OLIVOS LEYTON, vende, cede y transfiere, la nuda propiedad sobre el diez por ciento de los derechos de “INVERSIONES DECOSOL LIMITADA” a JOSEFA ANAHI LEON OLIVOS, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de seis millones de pesos, que se pagarán en dinero efectivo, en un plazo no superior a tres meses contados desde fecha de escritura. 3) Producto de lo anterior, reemplazan íntegramente el Artículo Quinto del estatuto social vigente, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios han aportado y enterado íntegramente con anterioridad a esta fecha de la siguiente manera: a) doña SILVIA XIMENA OLIVOS LEYTON, con el cien por ciento del usufructo de los derechos sociales; b) don DIEGO JOSÉ RIVERA OLIVOS, con doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de la nuda propiedad de los derechos sociales; c) don MATÍAS ALFONSO RIVERA OLIVOS; con doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de la nuda propiedad de los derechos sociales; d) don EDUARDO ANDRÉS RIVERA OLIVOS; con doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de la nuda propiedad de los derechos sociales; y e) doña JOSEFA ANAHI LEON OLIVOS, con doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento de la nuda propiedad de los derechos sociales”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de octubre de 2023. Félix Jara Cadot. N.P.T.