Agrícola Coigüe Grande Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2023
- Repertorio
- 2231/2023
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $354.268.832 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- 30 años contados desde fecha escritura pública. Renovable por períodos de 10 años en forma señalada en escritura extractada
Objeto social
El giro u objeto de la sociedad será la explotación agrícola por cuenta propia o ajena de predios rústicos y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad agrícola
Administración
El uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá a don José Alfredo Jara Valenzuela, actuando individualmente, o a don Alfredo José Jara Alcalde, don Alberto José Jara Alcalde o don Clemente José Jara Alcalde, actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, con las facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado y Notario Público de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N° 1201, local 101, certifica: que por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2023, Repertorio N° 2231/2023, ante mí, José Alfredo Jara Valenzuela, María Veronica Alcalde Lemarie, María Veronica Jara Alcalde, Alfredo José Jara Alcalde, Clemente José Jara Alcalde, Alberto José Jara Alcalde, María Elisa Jara Alcalde, Domingo José Jara Alcalde, María Amelia Jara Alcalde, la sociedad Inversiones Siete Hermanos SpA, como únicos y actuales socios de Agrícola Coigüe Grande Limitada; José Alfredo Jara Valenzuela e Inversiones Siete Hermanos SpA, en calidad de únicos y actuales socios de Rentas 14 Limitada; María Veronica Alcalde Lemarie, Alfredo José Jara Alcalde, Alberto José Jara Alcalde, Clemente José Jara Alcalde, María Veronica Jara Alcalde, María Elisa Jara Alcalde, Domingo José Jara Alcalde, María Amelia Jara Alcalde y la sociedad Asesorías e Inversiones Jara Alcalde Limitada, los últimos en calidad de únicos y actuales accionistas según registro de accionistas tenido a la vista de la sociedad Los Hornos SpA; María Veronica Alcalde Lemarie, Alfredo José Jara Alcalde, Alberto José Jara Alcalde, Clemente José Jara Alcalde, María Veronica Jara Alcalde, María Elisa Jara Alcalde, Domingo José Jara Alcalde, María Amelia Jara Alcalde y la sociedad Asesorías e Inversiones Jara Alcalde Limitada, los últimos en calidad de únicos y actuales accionistas según registro de accionistas tenido a la vista de la sociedad La Herradura SpA, todos los anteriores domiciliados en calle La Cabaña N°123, oficina 9, comuna de Las Condes Región Metropolitana, acordaron lo siguiente: I. Fusión de Sociedades: Los socios de la Sociedad Agrícola Coigüe Grande Limitada, Socios de la sociedad Rentas 14 Limitada, accionistas de las Sociedades La Herradura SpA y Los Hornos SpA, acuerdan fusionar las sociedades antes individualizadas en una sola sociedad, fusión que se efectúa absorbiendo Agrícola Coigüe Grande Limitada a las sociedades Rentas 14 Limitada, La Herradura SpA y Los Hornos SpA, disolviéndose estas ultimas sin proceder a sus respectivas liquidaciones, por cuanto son sucedidas en todos sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente Agrícola Coigüe Grande Limitada. II. Aumento Capital y Modificación Articulo Capital: Como consecuencia de la fusión acordada mediante el presente instrumento, se aumenta el capital social de Agrícola Coigüe Grande Limitada, que a esta fecha asciende a $354.268.832, a la cantidad de $1.855.703.352, esto es en la cantidad de $1.501.434.520, que corresponden al capital de las sociedades absorbidas. Como consecuencia de la fusión, el articulo Quinto, referente al capital social queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO” El capital de la sociedad es la suma de $1.855.703.352 el cual se encuentra íntegramente pagado y distribuido entre los socios en las siguientes cantidades y proporciones: a) doña María Verónica Alcalde Lemarie, con $33.301.121, equivalentes al 1,795% aproximado de los derechos sociales; b) doña María Verónica Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; c) don Clemente José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; d) don Alberto José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; e) don Alfredo José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; f) doña María Elisa Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; g) don Domingo José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; h) doña María Amelia Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; i) Inversiones Siete Hermanos SpA, con $945.349.271, equivalentes al 50,943% aproximado de los derechos sociales; j) Asesorías e Inversiones Jara Alcalde Limitada, con $12.836.439, equivalentes al 0,692% aproximado de los derechos sociales; k) don José Alfredo Jara Valenzuela, con $117.913.810, equivalentes al 6,354% aproximado de los derechos sociales. III. Texto refundido de los estatutos sociales de Agrícola Coigüe Grande Limitada: Como consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos socios de Agrícola Coigüe Grande Limitada, esto es, María Verónica Alcalde Lemarie, María Verónica Jara Alcalde, Clemente José Jara Alcalde, Alberto José Jara Alcalde, Alfredo José Jara Alcalde, María Elisa Jara Alcalde, Domingo José Jara Alcalde, María Amelia Jara Alcalde, Inversiones Siete Hermanos SpA, y José Alfredo Jara Valenzuela, y Asesorías e Inversiones Jara Alcalde Limitada todos domiciliados en La Cabaña N°123, oficina 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acuerdan refundir los estatutos, como siguen: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “Agrícola Coigüe Grande Limitada”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Agrícola Coigüe Grande Ltda.”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El giro u objeto de la sociedad será la explotación agrícola por cuenta propia o ajena de predios rústicos y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad agrícola. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.855.703.352 el cual se encuentra íntegramente pagado y distribuido entre los socios en las siguientes cantidades y proporciones: a) doña María Verónica Alcalde Lemarie, con $33.301.121, equivalentes al 1,795% aproximado de los derechos sociales; b) doña María Verónica Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; c) don Clemente José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; d) don Alberto José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; e) don Alfredo José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; f) doña María Elisa Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; g) don Domingo José Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; h) doña María Amelia Jara Alcalde, con $106.614.673, equivalentes al 5,745% aproximado de los derechos sociales; i) Inversiones Siete Hermanos SpA, con $945.349.271, equivalentes al 50,943% aproximado de los derechos sociales; j) Asesorías e Inversiones Jara Alcalde Limitada, con $12.836.439, equivalentes al 0,692% aproximado de los derechos sociales; k) don José Alfredo Jara Valenzuela, con $117.913.810, equivalentes al 6,354% aproximado de los derechos sociales. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: 30 años contados desde fecha escritura pública. Renovable por períodos de 10 años en forma señalada en escritura extractada. Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá a don José Alfredo Jara Valenzuela, actuando individualmente, o a don Alfredo José Jara Alcalde, don Alberto José Jara Alcalde o don Clemente José Jara Alcalde, actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, con las facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 7 de noviembre de 2023.